Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
El poder en tus manos
EP135 | INFORMES | Los momentos electorales más importantes del 2024
EP 135 • 04:06
Entrevistas ADN
El vocero del Ministerio Público: prohibición para detención preliminar sin flagrancia ha sido introducido de contrabando
EP 1763 • 10:56
Reflexiones del evangelio
Jueves 12 de diciembre | (Nuestra Sra. de Guadalupe) - "¡Bendita tú entre las mujeres, y bendito el fruto de tu vientre! ¿Quién soy yo para que me visite la madre de mi Señor?"
EP 844 • 11:42

TC rechaza hábeas corpus de Zevallos quien pedía nulidad de condena

Foto: Andina
Foto: Andina

Ratifican denuncia penal del MP como presunto autor del delito de tráfico ilícito de drogas, acopio, transporte, procesamiento, almacenamiento y lavado de dinero.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Tribunal Constitucional (TC), declaró infundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por Fernando Zevallos Gonzáles, al resolver que se acreditó la vulneración de los derechos invocados por el demandante.

Zevallos solicitaba que se declare la nulidad de la Resolución de la Corte Suprema de la República de 2007, alegando que se había afectado el principio de congruencia y el derecho de defensa.

La sentencia 03365-2010 del Tribunal Constitucional reseña que el Ministerio Público denunció penalmente a Fernando Zevallos Gonzáles, (…) como presunto autor del delito contra la Salud Pública-Tráfico Ilícito de Drogas, acopio, transporte, procesamiento, almacenamiento y lavado de dinero en forma de organización (…)".

Agrega que en dicha denuncia se señala expresamente que los tipos penales por los que se encuentra procesado el recurrente son los previstos en los artículos 296°, 297°, inciso 1, 297 B, tipos penales referidos a los delitos contra la salud pública – tráfico ilícito de drogas.

El Tribunal Constitucional también consigna el parte policial 143-07-95-de la Dirección Nacional Antidrogas que concluye que "ha quedado fehacientemente demostrado que Zevallos, Mónica Córdova Sánchez y Jhon Mejía Magnani, en un concierto de voluntades utilizaron maliciosamente la empresa AERO CONTINENTE... para introducir en forma sistemática bienes del capital valorados aproximadamente en 43´500,000 dólares USA (…) lo que se deduce que dicha fortuna proviene del tráfico ilícito de drogas (…)".

Para el TC las sentencias condenatoria y son claras. En la primera se le condena a 20 años de pena privativa de libertad, previa explicación de los hechos y del tipo penal en que se encuentran previstos los ilícitos.

Precisa que la segunda resolución –la cuestionada– expresa suficientemente las razones por las que considera que no hay nulidad en la condena en contra de Zevallos.

Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA