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TC rechaza revisar libertad condicional de Lori Berenson

Foto: RPP/Heidi Paiva
Foto: RPP/Heidi Paiva

El Tribunal Constitucional reiteró que la competencia para determinar si se cumplen los requisitos legales de los beneficios es exclusividad del juez penal.

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El Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda de amparo interpuesta por el Procurador Julio Galindo, contra los magistrados de la Sala Penal Nacional, solicitando la nulidad de la resolución que confirmó la procedencia del beneficio penitenciario de libertad condicional otorgado por el Poder Judicial a Lori Berenson Mejía.

En la demanda de amparo se alegaba que la resolución judicial había acumulado indebidamente la redención de pena por el trabajo y estudio, sin tomar en cuenta que el Decreto Legislativo Nº 927 no contemplaba esta posibilidad de acumulación.

Al respecto, el TC reiteró que los procesos constitucionales no son la vía en la que pueden extenderse las nulidades o impugnaciones del proceso judicial ordinario, ni tampoco pueden convertirse en un medio para la articulación de estrategias de defensa luego que una de las partes ha sido vencida en un proceso judicial.

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