El ministro de Justicia, Daniel Maurate, consideró que el Ejecutivo "no puede imponer" un procurador al Congreso ni al Poder Judicial. Sin embargo, hace 7 meses, el Minjus consideró que el proyecto del Parlamento era "inviable".
Congreso
Maurate se manifestó a favor de que el TC defina la viabilidad del cambio en la norma
El pasado 7 de junio, el Gobierno de Dina Boluarte promulgó la Ley N° 31778 a través de la cual se establecen modificaciones a las facultades de la Procuraduría General de la República (PGE) a fin de que el Congreso, el Poder Judicial y "otros organismos constitucionales autónomos" puedan elegir a sus propios procuradores.
En ese sentido, el cambio en la normativa señala que el Consejo Directivo de la PGE dirige "el proceso de selección para la designación de los procuradores públicos, con excepción de los procuradores" de las entidades referidas, "quienes son elegidos por los titulares de dichas entidades por un plazo de cinco años".
Además, dichos procuradores designados de manera directa "estarán sujetos a la evaluación y ratificación por parte de los titulares del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los mencionados organismos constitucionales autónomos, las cuales deberán llevarse a cabo en un plazo no mayor de cuatro meses".
Estos cambios han merecido la oposición del procurador general, Daniel Soria, quien hoy, martes, ha presentado una demanda de amparo para dejar sin efecto la norma. Además, la Defensoría del Pueblo se pronunció en contra de esta modificación impulsada por el Congreso.
No obstante, llama la atención que el Gobierno de Dina Boluarte ha tenido dos opiniones disímiles cuando el Legislativo solicitó la opinión técnica del Ministerio de Justicia (Minjus) sobre estos cambios en la PGE. ¿Cuáles han sido estas posturas contrarias?
Daniel Maurate: "El Ejecutivo no puede imponer un procurador"
El ministro de Justicia, Daniel Maurate, en declaraciones a la prensa, señaló que el Ejecutivo no puede "imponer" un procurador a instituciones autónomas tales como el Congreso y el Poder Judicial y que esto lo planteó ante una solicitud de "ampliación de comentario" formulada por el Parlamento.
"Nosotros, ante un pedido de ampliación de nuestro comentario respecto a las competencias, hemos señalado que, por ahora, la Procuraduría no tiene autonomía constitucional como la tiene el Congreso, como la tiene el Poder Judicial. En consecuencia, consideramos que no podemos imponer al Congreso y al Poder Judicial un procurador”, indicó.
En ese sentido, se mostró a favor de que el Tribunal Constitucional (TC), eventualmente, se pronuncie sobre la constitucionalidad de las modificaciones oficializadas por el Ejecutivo.
"Hay un tema de competencias que me parece muy bien que lo vea el TC. Yo creo que eso va a despejar toda duda y el TC seguramente nos va a iluminar, nos va a ilustrar, respecto a cuál es la solución de este problema, por el bien de todos", señaló.
“Ellos dirán respecto a la autonomía y el TC también dirá si corresponde a un órgano del Ejecutivo imponer un procurador a órganos que tienen autonomía constitucional como el Congreso y el Poder Judicial", resaltó.
El titular del Minjus agregó que un pronunciamiento sobre el tema por parte del TC deberá ser acatado por "todos los peruanos y todas las instituciones"
¿Qué dijo antes el Minjus durante la gestión de José Tello?
No obstante, la postura del Minjus fue muy distinta hace 7 meses, cuando el sector era dirigido por José Tello, quien renunció al cargo el pasado 23 de abril.
A través de un oficio remitido a Hernando Guerra García, presidente de la Comisión de Constitución, el 27 de diciembre del año pasado, el Ministerio de Justicia consideró que el proyecto del Legislativo era inviable.
En sus fundamentos, el Minjus indicó que "es una propuesta jurídicamente no viable, toda vez que no resulta acorde con el artículo 47 de la Constitución, ni con la finalidad de la reestructuración del Sistema Jurídico del Estado, estipulado por el Decreto Legislativo 1326".
En ese sentido, el ministerio consideró que se estaba vulnerando lo que indica la Carta Magna en cuanto a que "la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a ley" y el decreto de creación de la PGE en cuanto las normas contenidas en ese dispositivo "son aplicables a todas las Procuradurías Públicas en los ámbitos del gobierno nacional, regional y local".
Por ende, la postura inicial del Ejecutivo de este proyecto era que iba en contra de la Constitución y contra los fines de la Procuraduría General del Estado.
¿Qué riesgos hay con la ley promulgada?
El procurador general, Daniel Soria, en diálogo con RPP Noticias, señaló los riesgos que implican estas modificaciones para el sistema de defensa jurídica del Estado.
"La ley (...) quiebra para mal el sistema de defensa jurídico del Estado (...) El procurador del Congreso, el procurador del Poder Judicial y los procuradores de los organismos constitucionales autónomos ya no van a poder ser elegidos por un concurso público que dirige la Procaduría General y van a ser excluidos de manera absoluta del sistema de defensa jurídica del Estado", dijo en Ampliación de Noticias.
"No van a poder ser sometidos a un sistema disciplinario que tenemos nosotros. No van a poder ser objeto de supervisiones y tampoco van a poder beneficiarse de las capacitaciones que hacemos a los procuradores y a los apoyos técnicos", agregó.
Además, consideró que se ponía en riego la "autonomía" que debían tener los procuradores en defensa de los intereses del Estado.
"Los procuradores actúan con autonomía. Esto quiere decir que para establecer su estrategia en litigios, arbitrajes y todos los procesos en los que participan tienen que trabajar de manera técnica jurídica sin influencias políticas o de cualquier naturaleza", indicó.
"Es una decisión antitécnica porque los sistemas administrativos existen para darle más eficiencia a los servicios del Estado; en este caso, el servicio de defensa jurídica", resaltó.
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