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Congreso aprueba por insistencia de ley que establece requisitos para nombrar ministros

Los ministros deben presentar ahora una declaración jurada donde señalen si tienen algún impedimento para el ejercicio del cargo.
Los ministros deben presentar ahora una declaración jurada donde señalen si tienen algún impedimento para el ejercicio del cargo. | Fuente: Congreso

El Poder Ejecutivo había observado la norma en marzo pasado asegurando que afectaría la presunción de inocencia. 

El pleno del Congreso aprobó este jueves por insistencia de la ley que establece procedimientos para el nombramiento de ministros y viceministros de Estado, y atribuciones del Consejo de Ministros, que fue observada por el Poder Ejecutivo. La norma no requirió de segunda votación.


La Comisión de Constitución elaboró un dictamen de insistencia parcial y allanamiento parcial, el cual se aprobó con 70 votos a favor, 31 en contra y 3 abstenciones.

La titular de dicha comisión congresal, Patricia Juárez, resaltó durante su intervención en el pleno del Parlamento que el principal cambio que incorpora la iniciativa es el que los ministros y viceministros presenten una declaración jurada donde señalen si tienen algún impedimento para el ejercicio del cargo.

Previamente, se votó otro dictamen de insistencia formulado por la Comisión de Descentralización del Congreso, como primera comisión dictaminadora. Este, sin embargo, fue desestimado con 80 votos en contra y 19 a favor.

Ejecutivo observó la norma por presunta vulneración de poderes

El Poder Ejecutivo observó dicha norma el pasado 3 de marzo, justificando que la medida vulneraría el principio de separación de poderes establecidos en la Constitución Política del Perú, además no cumpliría con los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

Otro motivo para observar la norma es que afectaría la presunción de inocencia de las personas que serían elegidas para liderar las diferentes carteras ministeriales, debido a que la ley determina que los ciudadanos que se encuentren “con acusación fiscal o estén siendo juzgados ante el Poder Judicial” no pueden ser nombrados para asumir un alto cargo público.

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