Durante la sesión del Pleno de este jueves 3 de octubre, el Congreso de la República aprobó la reforma que lo faculta a redactar y aprobar los reglamentos para la Cámara de diputados y el Senado, instancias que regirán desde el 2026 con la implementación del Parlamento bicameral.
El Pleno del Congreso de la República aprobó este jueves 3 de octubre, en segunda votación, la reforma que autoriza al actual Parlamento a ser quien redacte y apruebe la reglamentación necesaria para el sistema bicameral que regirá desde el 2026.
La aprobación de esta iniciatiava deja en manos de los hoy legisladores la tarea de elaborar el nuevo reglamento general del Congreso, así como la normativa de la Cámara de Diputados y el Senado, considerando aspectos como su organización, tareas, límites, procedimientos internos, relación con el Poder Ejecutivo, entre otros.
El texto, que incorpora una disposición excepcional en la Constitución Política del Perú, obtuvo 88 votos a favor, 17 en contra y 2 abstenciones.
Es preciso señalar que, a fines de mayo del presente año, la propuesta había sido aprobada en primera votación, generando un consenso mayoritario en la Representación Nacional.
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¿Qué cambio se incorporará en la Constitución?
El dictamen del proyecto de ley N° 07394/2023-CR, elaborado en mayo pasado, plantea que se añada una disposición transitoria especial en la Constitución Política del Perú. Ello, a fin de que quede redactado de la siguiente manera:
"Disposiciones transitorias especiales"
Cuarta. Se autoriza, excepcionalmente, al Congreso de la República del Periodo Parlamentario 2021-2026 la elaboración y aprobación del Reglamento del Congreso de la República, del Reglamento del Senado y del Reglamento de la Cámara de Diputados que se implementarán en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31988, Ley de Reforma Constitucional que restablece la Bicameralidad en el Congreso de la República del Perú.
Lo dispuesto en el párrafo primero no impide que el Senado, la Cámara de Diputados y el Congreso de la República aprueben reformas parciales o totales a sus respectivos Reglamentos, conforme a sus atribuciones constitucionales".
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