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Joaquín Ramírez: “Me allano a pedido de levantamiento de mi inmunidad”

Joaquín Ramírez es uno de los principales financistas de Fuerza Popular, partido de Keiko Fujimori.
Joaquín Ramírez es uno de los principales financistas de Fuerza Popular, partido de Keiko Fujimori. | Fuente: Andina

Jueza de La Libertad admitió ayer el pedido de la Fiscalía para que se levante la inmunidad parlamentaria de Joaquín Ramírez, acusado de falsificar certificado de posesión de un terreno.

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El exsecretario general de Fuerza Popular, Joaquín Ramírez, anunció que se someterá al pedido del levantamiento de su inmunidad parlamentaria.

"No hay nada que esconder”. “Me allano a la solicitud de levantamiento de mi inmunidad parlamentaria. Todo está claro, no hay nada que esconder”, aseguró a través de su cuenta de Twitter.

Acusado por posesión de terreno. Esta decisión se da luego de que en vísperas se informara que el Juzgado de Investigación Preparatoria de Chepén, en la región de La Libertad, admitió el pedido de la Fiscalía para que se levante la inmunidad parlamentaria de Ramírez, acusado de falsificar un certificado de posesión de un terreno de 1.183 hectáreas.

Aclaración sobre la inmunidad. Sin embargo, es preciso señalar que, de acuerdo con la Constitución Política del Perú, la inmunidad es un derecho irrenunciable. La inmunidad parlamentaria es una institución que protege a los congresistas de no ser procesados por delitos comunes o arrestados, salvo delito flagrante, sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de dejar el cargo.

¿Qué dice la Constitución? “(Los congresistas) no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento”, se señala en el artículo 93 de la Carta Magna.

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