La propuesta, sustentada por el congresista Luis Valdez, presidente de la Comisión de Constitución, busca eliminar "barreras injustificadas para los compatriotas que quieren recuperar la nacionalidad peruana", según explicó el legislador.
Con 103 votos a favor y 2 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó insistir en la autógrafa de la ley que modifica el artículo 8 de la ley 26574, Ley de Nacionalidad, que antes fuera observada por el Poder Ejecutivo.
La propuesta, sustentada por el congresista Luis Valdez, presidente de la Comisión de Constitución, busca eliminar "barreras injustificadas para los compatriotas que quieren recuperar la nacionalidad peruana", señaló.
Indicó que el objetivo de la proyectada norma es modificar el artículo 8 de la Ley de Nacionalidad a fin de que quede redactado de la siguiente manera:
"Artículo 8. Los peruanos de nacimiento que han renunciado expresamente a la nacionalidad peruana tienen el derecho de recuperarla si cumplen con los siguientes requisitos:
- Declarar expresamente su voluntad de recuperar la nacionalidad peruana mediante solicitud escrita presentada ante la autoridad competente en el territorio nacional o en las misiones diplomáticas en el exterior, de acuerdo con lo que establece el reglamento.
- Tener buena conducta y solvencia moral, de conformidad con los requisitos que establece el reglamento".
Peruanos que necesitan recuperar su nacionalidad
Valdez Farías aseveró que la propuesta atiende un pedido "reiterado y urgente" de un sector de compatriotas nacidos y criados en sus primeros años en el Perú, peruanos que necesitan recuperar su nacionalidad peruana y que padecen, hasta ahora, "de la incomprensión y de las trabas" que representan los requisitos de la Ley 26574.
"Esas trabas que están reguladas en esta ley, que quizás con buenas intenciones se establecieron hace más de 25 años, pero que hoy en día se tornan irracionales, injustas y excesivas, bajo el marco de los artículos 2 y 53 de la Constitución", agregó el legislador.
Valdez advirtió que se presentan trabas o barreras "innecesarias" para recuperar la nacionalidad cuando la Ley 26574, en su artículo 8, exige que quien necesita recuperar la nacionalidad peruana debe cumplir de forma conjunta con cuatro requisitos: tener domicilio en el territorio peruano por los menos un año ininterrumpido, declarar expresamente la voluntad de recuperar la nacionalidad peruana, ejercer regularmente una profesión, arte u oficio o actividad empresarial y tener buena conducta y solvencia moral.
"Desde la Comisión de Constitución y luego del estudio de los proyectos de ley, creemos que la exigencia de residencia en el territorio por un año, así como la acreditación de un oficio, profesión, arte u ocupación empresarial dentro del país ya no tienen asidero en los tiempos actuales", sostuvo.
Newsletter Todo sobre el coronavirus
La COVID-19 ha puesto en alerta a todos. Suscríbete a nuestro newsletter Todo sobre el coronavirus, donde encontrarás los datos diarios más relevantes del país y del mundo sobre el avance del virus y la lucha contra su propagación.
NUESTROS PODCASTS:
- ‘Espacio Vital’: ¿La variante británica de la COVID-19 es más letal? El Dr. Elmer Huerta responde:
Comparte esta noticia