Congresista Ana Zegarra fue excluida de las Elecciones Generales 2026 pero aún puede apelar

Congresista Ana Zegarra deberá recurrir a la segunda instancia ante el Pleno del JNE para continuar en carrera.
Congresista Ana Zegarra deberá recurrir a la segunda instancia ante el Pleno del JNE para continuar en carrera. | Fuente: RPP

La candidata a diputada por Loreto cuenta con sentencia firme en primera instancia por el delito contra la Administración Pública. Esta decisión puede ser apelada ante el pleno del Jurado Nacional de Elecciones.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Maynas (Loreto) decidió declarar fundada la tacha contra la candidatura de la actual congresista Ana Zegarra Saboya y, con ello, excluirla de la lista a la cámara de diputados por la que postula a esta región por el partido político Somos Perú.

A través de la Resolución N° 00034-2026-JEE-MAYN/JNE, este colegiado tomó esta decisión tras evaluar el recurso presentado por la ciudadana Leydi Margarita Iriarte Salas, que sustentó que la candidata debe ser apartada del proceso electoral por encontrarse impedida de postular a cargos de elección popular por tener sentencia condenatoria vigente.

“La prueba documental acredita que a la ahora candidata Ana Zadith Zegarra Saboya fue juzgada y condenada por el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Alto Amazonas – Yurimaguas, bajo el proceso penal N° 01202- 2019-72-2210-JR-PE-01, en el cual se emitió la resolución n.°13 de 06 de junio de 2023, que la condena por el delito contra la Administración Pública en la modalidad de falsa declaración en procedimiento administrativo, tipificado en el artículo 411° del Código Penal, en agravio del Estado Peruano-Jurado Nacional de Elecciones”, se lee en la resolución.

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Parte resolutiva del fallo publicado por el JEE de Maynas | Fuente: JNE

Esta sentencia judicial fue confirmada en segunda instancia por la Sala Mixta Permanente de la misma jurisdicción en junio de 2025. 

El documento también da cuenta que el personero legal de la organización política presentó sus descargos donde señaló que “la sentencia carece de firmeza, por haberse interpuesto recurso de queja y prescripción de la acción penal, las cuales están pendientes de resolver por la Corte Suprema de Justicia de la República”. 

Pero para el JEE este argumento no resultó suficiente porque el fallo fue condenatorio en primera instancia en calidad de autora y, por tanto, los hechos la condicionan para postular al cargo de elección popular, como establece el artículo 34-A de la Constitución.

Ana Zegarra Saboya podrá presentar recurso de apelación ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones para buscar continuar con su candidatura. 


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