Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Mario Vargas Llosa nunca eludió su compromiso con el Perú, destacó Pedro Cateriano Bellido
EP 1696 • 05:25
Las cosas como son
Los primeros 88 años de la vida de Mario Vargas Llosa
EP 343 • 02:12
El Club de la Green Card
Los 3 subsidios que pueden ayudarte a tramitar tu ciudadanía en EE.UU.
EP 9 • 02:04

Elecciones Perú: 5 cosas que DEBES saber si eres Miembro de Mesa

Las Elecciones Generales 2016 son este domingo 5 de junio.
Las Elecciones Generales 2016 son este domingo 5 de junio. | Fuente: El COmercio

Las personas elegidas son pasibles de una fuerte multa si no cumplen con su deber cívico.

Los miembros de mesa son ciudadanos o ciudadanas que constituyen las autoridades de una mesa de sufragio el día de la elección y sus funciones están claramente diferenciadas, según la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). El presidente asume la representación de la mesa y la conducción de los actos principales, mientras que el secretario y el tercer miembro tienen la obligación de apoyar las tareas en los tres momentos de la elección: instalación, sufragio y escrutinio.

1. Hora de llegadas. El día de las elecciones, el domingo 5 de junio, los miembros de mesa deben apersonarse a sus locales de votación antes de las 07:30 horas para la instalación de sus mesas y el inicio del sufragio a las 08:00 horas.

2. Capacitación. Los elegidos podrán acceder al módulo de capacitación virtual que instalará la ONPE en su página web, donde se explicarán las funciones que deberán cumplir el día de los comicios.

Los elegidos tendrán una capacitación virtual para ejercer su deber adecuadamente.
Los elegidos tendrán una capacitación virtual para ejercer su deber adecuadamente. | Fuente: Andina

3. Excluidos (I). No pueden ser miembro de mesa los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, así como los funcionarios y empleados de los organismos electorales y los miembros del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, realicen funciones para la prevención e investigación de los delitos electorales.

4. Excluídos (II). Tampoco pueden ser miembros de mesa los funcionarios de la Defensoría del Pueblo, las autoridades políticas, los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, entre otros.

5. Multa. La multa por no ejercer el cargo de miembro de mesa es de S/197.50 soles, equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Tags

Lo último en Elecciones

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA