Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
La inflación dejó de ser una preocupación
EP 1235 • 04:07
Entrevistas ADN
El Tribunal Constitucional no declaró inocente al prófugo Vladimir Cerrón, precisó abogado
EP 1768 • 17:57
El poder en tus manos
EP138 | INFORMES | ¿Cómo avanza la participación política de las mujeres en América latina?
EP 138 • 03:42

JNE: Sentencia del TC sobre inscripción de candidatos del PPC "incurre en vicios graves"

La resolución del JNE declaró improcedente la inscripción de candidatos congresales del PPC para las Elecciones 2021.
La resolución del JNE declaró improcedente la inscripción de candidatos congresales del PPC para las Elecciones 2021. | Fuente: Andina

José Ñaupari Wong, consultor externo del Jurado Nacional de Elecciones refiere que el organismo puede solicitar una aclaración de parte del Tribunal Constitucional o interponer un recurso de nulidad de la sentencia.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) considera que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que anula una resolución emitida por el ente electoral rechazando la inscripción de candidatos congresales del Partido Popular Cristiano (PPC) para las Elecciones Generales 2021, "incurre en vicios graves".

"Estimamos que esta sentencia del Tribunal Constitucional incurre en vicios graves de motivación, vulnera el derecho de defensa del Jurado Nacional de Elecciones y desconoce las competencias constitucionales del Jurado", refirió José Ñaupari Wong, consultor externo del JNE.

¿Por qué se rechazó la solicitud de inscripción del PPC?

Como se recuerda, el 24 de diciembre de 2020 el Jurado Electoral Especial (JEE) declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos a Lima del PPC y le otorgó 2 dias para subsanar.

Sin embargo, el PPC presentó su nuevo escrito el 26 de diciembre fuera del horario de atención, es decir, cuando ya había vencido plazo. Tras ser rechazada la lista, el PPC presentó una apelación aduciendo que no se había publicado el horario en un panel físico en la sede del JNE.

El consultor del JNE desmiente esta versión y asegura que sí se colocó en el panel. "¿Panel hubo? Sí. Incluso en el expediente que está en la página web del Jurado hay constancia de la publicación en el panel del Jurado Electoral Especial de Lima Centro".

En ese sentido, lamenta que el Tribunal Constitucional no haya solicitado información al JNE pues "sí tenía forma de acreditar que esa resolución (donde se fija el horario de atención al público) se publicó en el panel del Jurado Electoral Especial de Lima Centro el 16 de noviembre".

¿Qué puede hacer el JNE ante esta sentencia?

Ñaupari Wong señala que ahora el JNE puede solicitar una aclaración de parte del Tribunal Constitucional o interponer un recurso de nulidad a fin de anular su sentencia.

"El artículo 14 del nuevo Código Procesal Constitucional permite declarar la nulidad de las sentencias y jurisprudencialmente así lo admitió también el Tribunal Constitucional", comentó.


Tags

Lo último en Elecciones

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA