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“Modificatoria a ley de partidos no debe aplicarse a comicios de 2016”

El secretario general de la Asociación Civil Transparencia, Gerardo Távara.
El secretario general de la Asociación Civil Transparencia, Gerardo Távara. | Fuente: Andina

Gerardo Távara, de Transparencia, dijo que promulgar la norma que modifica la Ley de Partidos cuando ya está avanzado el proceso electoral es una mala señal.

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El secretario general de la Asociación Civil Transparencia, Gerardo Távara, advirtió que la modificatoria de algunos artículos de la Ley de Partidos Políticos abre la puerta para que las agrupaciones que estimen no pasarán la valle electoral se retiren de los comicios a fin de salvar su inscripción.

“Podría suceder que en las próximas semanas los partidos que calculan no pasarán la valla del 5 % se retiren de la competencia simplemente para mantener el registro ante el Jurado Nacional de Elecciones", expresó al mencionar que ese camino no fortalece a la democracia.

Según explicó, la norma, aplicada por el Parlamento y ratificada por el Ejecutivo, permite a los partidos abstenerse de competir en el proceso electoral sin perder su inscripción ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Asimismo, consideró que promulgar la norma cuando ya está avanzado el proceso electoral es una mala señal a los electores, por lo cual pidió a los órganos electorales pronunciarse sobre su aplicación.

"Nos parece que no es una buena señal cambiar la reglas de juego cuando la competencia ya empezó. Por lo tanto, esta ley no debiera aplicarse a las elecciones generales del 2016 porque generaría una serie de problemas", precisó.

En comunicación a la Agencia Andina, explicó que uno de los puntos álgidos que pueden provocar controversia es el aumento de 20 a 25 % del porcentaje de la lista de invitados a la lista del Congreso.

Según dijo, ampliar ese margen, faltando pocos días para vencer el plazo en que los partidos deben realizar elecciones internas, no sería una buena práctica.

Para Távara, los más oportuno era que la publicación se efectuará una vez concluido el proceso electoral o, en todo caso, una vez termine el plazo de inscripción de la listas para el Congreso y el Parlamento Andino ante el JNE.

"Es muy importante escuchar el criterio de los organismos electorales en el sentido de que si reglas que se van a aplicar son las que estaban vigentes el día en que se convocaron las elecciones y no esta norma u otras que pudieran producirse en las siguientes semanas", alegó.

 OFICIALIZAN PROMULGACIÓN DE LAS MODIFICATORIAS DE LA LEY 28094

La promulgación de la norma que modifica la Ley 28094, sobre Partidos Políticos, fue oficializada por el Congreso nacional, la cual contempla el financiamiento público directo y prohíbe recibir dádivas en la campaña electoral.

En la disposición transitoria de la norma, dispone la distribución del financiamiento público directo para los partidos con representación en el Poder Legislativo, a partir del 2017.

La nueva norma prohíbe la entrega de dinero, regalos, o dádivas, excepto aquellos que constituyan propaganda electoral (lapiceros, almanaques, llaveros y otros), en cuyo caso no debe exceder del 0.5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) (19 soles) por cada bien entregado como propaganda electoral.

En caso alguna agrupación política no cumpla con lo establecido será pasible a una multa de 100 UIT, interpuesta por la ONPE en un plazo de 30 días, de acuerdo a la norma.

Asimismo, la presente normativa aumenta de 3 a 4% el porcentaje de firmas requeridas para la inscripción de una agrupación y en el caso de las alianzas el porcentaje se elevará a 1% por cada partido o movimientos adicionado.

La norma indica también que procederá la cancelación de la inscripción del partido político ante el Registro de Organizaciones Políticas(ROP) en caso no logre colocar al menos seis representantes al Congreso de la República o haber alcanzado al menos 5% de los votos válidos a nivel nacional. También se procederá a la cancelación si el partido o movimiento regional no participe en dos elecciones sucesivas.

Andina

 

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