En Ampliación de Noticias, el abogado Juan Peña aclaró que el presidente solo puede ser investigado por la Fiscalía de la Nación, mas no acusado mientras esté en el cargo.
El abogado Juan Peña, especialista en derecho penal, aseguró que el presidente Pedro Castillo puede ser investigado, tras la denuncia que presentó en su contra el procurador general del Estado, Daniel Soria, por la presunta comisión de los delitos de patrocinio ilegal y tráfico de influencias.
“El presidente no pude ser investigado por cualquier fiscal. Solo puede ser investigado por la Fiscalía de la Nación. El Ministerio Público, a través de la Fiscalía de la Nación, va a ser la persona encargada de investigar solamente de manera preliminar al presidente de la República”, sostuvo en Ampliación de Noticias.
Peña aclaró que el mandatario no puede ser acusado, debido a que cuenta con prerrogativas propias de su cargo. Sin embargo, explicó que nada impide que se realice una investigación preliminar, tal como ya ocurrió con el expresidente Martín Vizcarra.
“En algunos medios hemos escuchado de que el presidente no puede ser acusado. Efectivamente, no puede ser acusado, pero es una traba procesal que se da mucho más adelante en el proceso penal”, comentó.
“El Ministerio Público, en el caso del expresidente Martín Vizcarra, ya demostró que efectivamente se puede investigar de manera preliminar a una persona mientras ejerce el cargo, pero solo a un nivel preliminar”, añadió.
No obstante, el especialista apuntó que no se pueden tomar medidas de coerción, como impedimento de salida del país o detención preliminar, “ya que la prerrogativa como presidente lo protege hasta que dure su mandato de cinco años”.
Los delitos y las penas
Como se recuerda, el procurador general del Estado, Daniel Soria, presentó ante la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, un escrito en el cual denuncia al presidente Pedro Castillo por la presunta comisión de los delitos de patrocinio ilegal y tráfico de influencias.
Al respecto, Juan Peña señaló que la pena mínima para patrocinio legal para un funcionario es no menor a dos años de cárcel, mientras que para tráfico de influencias la condena va desde los cuatro años.
“Entendiendo que la pena mínima es cuatro años, si esta persona se acoge a una terminación anticipada o confesión sincera, la pena podría reducirse para poder tener la pena suspendida. Caso contrario, corre mucho riesgo esta persona de tener a futuro una prisión efectiva al ser condenada”, sentenció.
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Pedro Castillo puede ser investigado tras denuncia del procurador, según especialista
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