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Resolución de la Corte IDH no puede revertir excarcelación de Alberto Fujimori, dice exministra de Justicia

Delia Muñoz, exministra de Justicia y Derechos Humanos, analizó la resolución de la CorteIDH, que declaró en desacato al Estado peruano por la excarcelación de Alberto Fujimori.

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Judiciales

Delia Muñoz: "El TC no cumple con los pasos que señala la Corte"

Delia Muñoz, exministra de Justicia y Derechos Humanos y exprocuradora supranacional | Fuente: RP

La exministra de Justicia y Derechos Humanos y exprocuradora supranacional, Delia Muñoz, señaló este viernes que la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) no puede revertir la excarcelación del expresidente Alberto Fujimori y que la decisión del Tribunal Constitucional no implica medidas contra el país.

En entrevista con el programa Ampliación de Noticias, la exministra analizó la resolución de la Corte IDH, que declaró en desacato al Estado peruano por la excarcelación de Alberto Fujimori, contrario a lo que el tribunal internacional había ordenado como parte del cumplimiento de las sentencias de los casos por las matanzas La Cantuta y Barrios Altos.

Delia Muñoz sostuvo que la Corte IDH, desde el 2018, no prohíbe la decisión de indulto del exmandatario, sino lo que dice al Estado peruano es analizar si las condiciones están dadas para concederlo y si esto no afecta la reparación de juzgar y sentencia que impuso.

"El Tribunal Constitucional hace un análisis en la actualidad, pero no cumple con los pasos que señala la Corte, que le está diciendo que realice un control constitucional y convencional de la decisión del indulto, incluso en la última resolución que expide le lanza un salvadidas porque le dice analice con las condiciones actuales de salud que tiene esta persona, si es posible o no un indulto, y si este indulto no vulnera la reparación de sanción y no lo ha hecho", dijo.

Para Delia Muñoz, el Tribunal Constitucional decide aplicar la norma procesal interna olvidando de que este mandato de la Corte IDH tenía que integrarse a la decisión que adoptaban. 

"Entonces, la obligación es hacer ese análisis porque la Corte no ha prohibido el indulto, lo que le dice es fundaméntame y hazme un análisis y evalúa con los criterios que yo te he venido dando desde el 2018", insistió.

"No tiene facultades"

Ante la pregunta de si la Corte IDH puede revertir la liberación otorgada a Alberto Fujimori, Delia Muñoz precisó que este órgano judicial autónomo de la Organización de los Estados Americanos "no tiene facultades" para esto.

"No puede porque la excarcelación no forma parte de un procedimiento que haya sido parte del contencioso (...) no tiene facultades para cancelar porque ese procedimiento no formó parte del contencioso. Por eso que cuando la defensa del Estado en el año 2018 señala que las víctimas podrían recurrir en sede nacional a la protección constitucional es bastante interesante porque si en vez de ir a la supervisión de sentencia hubiesen impugnado en sede nacional, mediante una acción de amparo u otro procedimiento la decisión del indulto, hoy en día estaríamos ante un procedimiento autónomo ante la Corte donde sí podrían o tasar ese procedimiento de indulto", explicó.

Delia Muñoz sostuvo que la calificación de desacato colocará al Estado peruano en un informe anual junto a otros países que vienen incumpliendo obligaciones de la Corte IDH. Aclaró que no significará aplicación de "mayores medidas" contra el Perú.

"El desacato significa que la Corte va a colocar al Perú en el informe anual, no están previstas en la Convención Americana la aplicación de mayores medidas y mayores decisiones en torno a la consignación de un Estado en esta línea. Es evidentemente una afectación internacional, pero no va a ocurrir, como dicen otras personas, nuevas reparaciones, nuevas decisiones porque las reparaciones ya han sido establecidas en las sentencias madres", aclaró.

Alberto Fujimori dejó el penal Barbadillo luego de 16 años
Alberto Fujimori dejó el penal Barbadillo luego de 16 años | Fuente: EFE

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Caso Alberto Fujimori

El martes 28 de noviembre se reveló que el TC declaró improcedente una solicitud de aclaración del Ministerio de Justicia sobre el indulto a Alberto Fujimori y remitió lo actuado al juez de ejecución de un hábeas corpus presentado en la ciudad de Ica a favor del exgobernante.

Sin embargo, un juzgado de la región de Ica declaró improcedente la resolución deL TC que restablecía el indulto de Alberto Fujimori y devolvió el caso al órgano constitucional autónomo.

Ya el martes 5 de diciembre, el TC ordenó la libertad inmediata de Alberto Fujimori, medida que se hizo efectiva el miércoles 6 de diciembre cuando el exgobernante abandonó el penal Barbadillo, tras 16 años de prisión.

Cabe indicar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) publicó el 6 de diciembre una resolución en la que requiere al Estado peruano que se abstenga de liberar al exgobernante, con el fin de garantizar la justicia para las víctimas de violaciones a los derechos humanos.

En el 2022, el TC estableció restablecer los efectos del indulto que otorgó el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski a Alberto Fujimori, pero la ejecución de esa sentencia fue paralizada por una medida cautelar de la CIDH.

El indulto otorgado el 24 de diciembre 2017 ya había sido anulado por el Poder Judicial en 2018, tras un recurso de la Corte Interamericana que pidió al Estado peruano garantizar la administración de justicia para las víctimas de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, los casos por los que Alberto Fujimori fue condenado a 25 años de prisión.

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Bachiller en Ciencias de la Comunicación por la Universidad Nacional Federico Villarreal. Especializado en la cobertura de temas de actualidad, política y mundo. Periodista con más de 15 años en experiencia en medios digitales e impresos.

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