La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional Anticorrupción declaró fundado un recurso de queja de derecho que presentó la defensa legal de César Hinostroza, luego que el juez Jorge Chávez Tamariz declaró inadmisible esta apelación tras resolver quel pedido del exjuez supremo era improcedente.
El Poder Judicial ordenó que se admita a trámite la apelación que presentó la defensa legal del exjuez supremo César Hinostroza para que se les notifique los resultados del levantamiento del secreto de las comunicaciones al número telefónico del exmagistrado dentro de la investigación seguida a José Cavassa y otros por el caso “Los cuellos blancos del puerto”.
La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional Anticorrupción adoptó esta medida al declarar fundado un recurso de queja de derecho que presento la defensa legal de Hinostroza Pariachi, luego que el juez Jorge Chávez Tamariz declaró inadmisible esta apelación tras haber resuelto que el pedido del exmagistrado era improcedente.
El juez Chávez Tamariz no aceptó el pedido de César Hinostroza ni su posterior apelación tras haber sido informado que la Fiscalía Suprema asumió la competencia respecto de las investigaciones que se le siguen, por lo que remitió a este ente fiscal las actas sobre las comunicaciones de la línea del solicitante, “quien debe ejercer su derecho en las instancias pertinentes”.
Otras de las razones que argumenta el juez Chávez Tamariz para rechazar la solicitud de Cesar Hinostroza es que el exmagistrado supremo no se encuentra comprendido en la investigación preparatoria contra José Cavassa y otros por el caso “Los cuellos blancos del puerto”.
No obstante , la sala superior determinó que la queja de Cesar Hinostroza resulta amparable al establecer que lo resuelto por Chávez Tamariz no se encuentra arreglado a derecho en vista que fue al exjuez, a quien se le interceptaron sus comunicaciones telefónicas por mandato judicial.
Por ello, el tribunal superior dispone que el juez admita y conceda el recurso de apelación y lo remita a este colegiado para que lo evalúe en segunda instancia y emita una decisión final al respecto.
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