La causa penal se reactivó también contra la suegra del expresidente, Eva Fernenbug, el encargado de seguridad durante su gobierno, Avraham Dan On y el empresario Josef Maiman.
La Fiscalía de Costa Rica informó este miércoles que reactivó la causa penal contra el expresidente peruano Alejandro Toledo (2001-2006) por supuesto lavado de dinero en el país relacionado a aparentes sobornos de la empresa Odebrecht.
"La causa penal se reactiva en contra del expresidente de Perú, Alejandro Toledo Manrique, su suegra, Eva Rosa Fernenbug, el encargado de seguridad durante su gobierno, Avraham Dan On, y el hermano de este, Shai Dan On, así como el empresario Josef Arieh Maiman", precisó en un comunicado la nueva fiscal general, Emilia Navas.
Diligencias omitidas.
De acuerdo a la información oficial, Navas analiza este caso desde el inicio de su gestión, el 13 de octubre pasado, con el objetivo de determinar "si ameritaba su reapertura o si, por el contrario, se mantenía la desestimación, dictada desde el 3 de junio del 2015". Navas asumió como fiscal general el pasado octubre luego de que Jorge Chavarría fue suspendido temporalmente de ese cargo por aparentes irregularidades en la investigación de otro caso local de supuesta corrupción.
Navas explicó en su comunicado que después de un análisis se determinó que "el caso requiere de mayor análisis y que corresponde realizar diligencias de investigación que se habían omitido, a efectos de encontrar elementos de juicio útiles y pertinentes para que la decisión final sea la más atinada".
Delitos investigados.
Además de legitimación de capitales, la Fiscalía General investiga la causa contra Toledo por delitos tributarios, falsificación de documentos públicos, tráfico de influencias y peculado, de acuerdo a la información oficial. Según la Fiscalía, del análisis del caso contra Toledo se desprende que "existieron delitos contra funcionarios bancarios que debieron investigarse, los cuales, lamentablemente, se encuentran prescritos".
Estas conductas encuadran "en el artículo 70 de la Ley 8204, entre ellas, que no se analizaron ni reportaron operaciones sospechosas y que se omitió información bancaria que fue requerida a los funcionarios, sobre el presunto lavado de activos". El comunicado oficial advierte que "por tratarse de un caso en investigación, cubierto por el secreto de las actuaciones (artículo 295 del Código Procesal Penal), no es posible ampliar en otros detalles".
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