Dos escándalos relacionados al accionar del juez supremo César Hinostroza en casos de abuso sexual despertaron la indignación de políticos y ciudadanía.
La Defensoría del Pueblo exigió este viernes "la inmediata revisión de todas las sentencias en materia de delitos sexuales contra menores de edad" emitidas por la Sala que presidía el juez supremo César Hinostroza Pariachi.
La entidad señala que toma esta decisión ante la grave crisis del sistema de justicia, que se evidencia en el contenido de los audios difundidos y los actos jurisdiccionales que revelan presuntos hechos de corrupción y la "aplicación de criterios jurisprudenciales que agravian los derechos de los ciudadanos, en particular de los niños y niñas".
En un comunicado, la entidad indica que el magistrado "habría favorecido a los agresores y no cumplirían los estándares jurisprudenciales sobre cosa juzgada fijados por el Tribunal Constitucional (TC)".
Casos sobre delitos sexuales que lo involucran
Los cuestionamientos a Hinostroza comenzaron con la difusión de una serie de audios que revelan presuntos actos de corrupción y tráfico de influencias entre miembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) e integrantes del Poder Judicial.
Precisamente, en uno de esos audios se escucha al juez hablar con una persona sobre un presunto caso de violación. “¿Cuántos años tiene? ¿Diez años? … Once añitos. ¿Pero está desflorada? (…) Ya… Pero ¿quién le ha hecho eso? (…) Ya, yo voy a pedir el expediente para verlo ¿ya? ¿Qué es lo que quieren? Que le rebaje la pena o lo declaren inocente”, se escucha comentarle a un interlocutor que no ha sido identificado.
En declaraciones a ¿Quién tiene la razón? de RPP Noticias, el magistrado aseguró que su sala no liberó al acusado y que incluso le amplió la pena.
Luego de este escándalo, un programa periodístico dio a conocer una resolución judicial en la que Hinostroza absolvió a un hombre que había sido condenado a 30 años de cárcel por violar a una niña de 13 años.
Al respecto, el juez supremo justificó el fallo emitido y aseguró que aplicó la figura de “error de tipo”. “Si la persona aparenta tener 14 años por las múltiples pruebas, se aplica esa figura. Y la ley, el Artículo 14, señala que tiene que absolverse porque las relaciones fueron consentidas”, comentó Hinostroza.
Defensoría solicita cambios
Sobre ello, la Defensoría señaló que la “equivocada utilización de la figura penal denominada 'error de tipo' genera impunidad al exonerar de responsabilidad penal a procesados por delitos de violación sexual de menores”. Por eso, demandan al Poder Judicial que las causales que atenúan, eximan o desvirtúen la imputación sean acreditadas por el investigado, debiendo los jueces realizar una rigurosa valoración de tales alegaciones.
Así también consideran que el tipo penal de violación de la libertad sexual, que afecta principalmente a las mujeres, presenta vacíos y deficiencias normativas, “dado que se exige acreditar en todos los casos la violencia o amenaza para su configuración”. Por ello, requirieron la inmediata promulgación de los proyectos de ley aprobados en el Congreso que centran la violación sexual en la falta de consentimiento de la víctima más que en la violencia o amenaza.
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