Víctor Prado Saldarriaga aclaró que tanto en el Código Procesal Penal del 2004 como en el actual la norma establece que una vez emitida una sentencia condenatoria a pena privativa de la libertad, debe ejecutarse.
El presidente del Poder Judicial, Víctor Prado Saldarriaga, señaló que la sentencia en contra del congresista Edwin Donayre -condenado en segunda instancia por el delito de peculado en agravio del Estado a raíz del Caso 'Gasolinazo'- debe ejecutarse "de inmediato".
"El parlamentario en cuestión fue condenado en aplicación de las reglas del Código de Procedimientos Penales. Este marco normativo manda que una sentencia que es emitida con carácter condenatorio e impone una pena privativa de libertad, debe ejecutarse de inmediato", señaló en declaraciones a la prensa.
Prado Saldarriaga explicó que incluso en el Código Procesal Penal del 2004 se establece que emitida una sentencia condenatoria a pena privativa de la libertad debe cumplirse, salvo que el propio juez decida suspenderla hasta que se resuelva en segunda instancia.
Finalmente, destacó que el Poder Judicial, a través de su comisión de levantamiento de inmunidad parlamentaria, ha insistido "porque eso es lo que manda la ley". Reiteró que la norma señala, en ambos códigos procesales, que una vez emitida una sentencia condenatoria a pena privativa de la libertad, debe ejecutarse, salvo que el juez decida suspenderla.
Abogado de Donayre insiste
Las declaraciones del presidente del Poder Judicial se dan luego de que el abogado del congresista afirmara que el legislador no cuenta con una "sentencia definida" por apropiación ilícita de combustible en el interior del Ejército. Además, indicó que Prado Saldarriaga "actúa en contravención a la Constitución” luego de que solicitara al Congreso que autorice la efectividad de la condena.
"No se trata de una sentencia definitiva por lo tanto no es que ha sido condenado por delito de peculado. Hay una condena de la Corte Suprema en primera instancia, no tiene una condena firme que pueda ser ejecutada", señaló Julio Salomé.
El abogado explicó que lo que se está pidiendo es que se agote el recurso de nulidad y en base a ello esperar a que la primera sentencia sea revertida. "La Sala Penal que lo ha juzgado actuó en primera instancia y a él se le aplica el Código Penal de 1940 porque el proceso se le inició antes de 2006", apuntó.
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