La Tercera Sala Constitucional de Lima resolvió un conflicto negativo de competencia entre dicha jueza, que decidió “abstenerse por decoro” de seguir interviniendo en el caso del amparo presentado por Patricia Benavides contra las investigaciones que afronta en al Junta Nacional de Justicia.
La jueza constitucional Jackeline Tarrillo continuará con el trámite del proceso de una demanda de amparo que presentó la suspendida fiscal de la Nación, Patricia Benavides, contra las investigaciones preliminares y procedimientos administrativos que afronta en la Junta Nacional de Justicia.
Así lo determinó la Tercera Sala Constitucional de Lima al resolver un conflicto negativo de competencia entre dicha magistrada, que había decidido "abstenerse por decoro" de seguir interviniendo en este caso y el Noveno Juzgado Constitucional de Lima al cual se remitió el expediente relacionado a este proceso.
La jueza Jackeline Tarrillo sostenía que viene recibiendo constantes notificaciones referentes a investigaciones administrativas y denuncias que han sido presentadas en su contra las cuales, a su juicio, ponen en cuestionamiento su absoluta actuación imparcial en este caso.
No obstante, para el Noveno Juzgado Constitucional de Lima, dicha magistrada no se encuentra en ninguna de las causales de impedimento previstas para que un juez se abstenga de intervenir en un proceso judicial.
Sobre motivos para abstención
Ante ello, la Tercera Sala Constitucional de Lima determinó que la jueza Jackeline Tarrillo continúe a cargo del trámite de este proceso al establecer que los motivos que invoca no resultan de tal gravedad que objetivamente se consideren que afecte su imparcialidad por lo que no puede considerarse una actitud perturbadora.
El tribunal superior también remarcó que dicha magistrada no ha precisado en forma clara y objetiva los motivos que podrían perturbar su función de juzgador y que no permitan mantener la imparcialidad necesaria para resolver la controversia.
"El hecho de permitir que, por notificaciones sobre investigaciones administrativas y denuncias presentadas contra ella, un magistrado se aparte del conocimiento de un proceso sería propiciar una mala práctica forense ya que por este medio se podría lograr el apartamiento del proceso de cualquier magistrado, con el consiguiente retardo de la administración de justicia" precisa la sala superior en su resolución emitida el último 14 de marzo a la que tuvo acceso RPP.
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