La medida cautelar dispuso de 30 días de plazo para que el Ministerio de Salud redistribuya el fármaco en todos los centros de salud del país.
El Primer Juzgado Constitucional de Lima dispuso a través de una medida cautelar que se haga efectiva la entrega gratuita del anticonceptivo oral de emergencia (AOE o píldora del día siguiente) en todos los centros de salud públicos del país. Según un informe del diario El Comercio la orden judicial da al Ministerio de Salud (Minsa) un plazo de 30 días para redistribuir el fármaco a nivel nacional.
Entrega gratuita. El juzgado declaró fundada la medida cautelar presentada en 2014 por Violeta Cristina Gómez y la ONG Promsex, en el juicio entablado contra el Minsa para que retome la entrega gratuita de la píldora. Esta medida estará vigente mientras continúa el proceso judicial.
La prohibición. "En el 2009 el Tribunal Constitucional (TC) determinó en una sentencia que existía una "duda razonable" sobre la naturaleza abortiva del levonorgestrel, el principal compuesto de la píldora y prohibió su distribución gratuita más no su comercialización. "Por ello, este nuevo fallo tiene un enorme valor, ya que permitirá que miles de mujeres sin recursos tengan acceso a este anticonceptivo. Sabemos que el Minsa apoya esta política y esperamos que cumpla con la medida impuesta en el plazo indicado por el juzgado", dijo a El Comercio, Susana Chávez, presidenta de Promsex. La medida cautelar establece que existe una "casi certeza" sobre la legalidad del argumento de la demanda, pero aclara que la decisión definitiva se dará al final del juicio.
Posición del TC. El presidente del Tribunal Constitucional, Manuel Miranda Canales, dijo a RPP Noticias la situación legal del tema. “La decisión de este juez puede apelarse. Seguramente la otra parte apelará, porque la decisión de un juez no varía a menos que haya una nueva decisión de otro juez u órgano superior. De darse ese caso, la Sala Constitucional del Poder Judicial tomará una decisión: confirmará el fallo de este juez o lo revocará. Si le da razón al demandante, el tema no llegará al Tribunal Constitucional, pero si no da la razón, el demandante vendrá al Tribunal Constitucional presentando un recurso de agravio constitucional. En ese momento nosotros nos pronunciaremos. Entre tanto está vigente la decisión jurisdiccional del juez del primer grado".
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