La Corte Suprema evaluará el pedido de la Fiscalía para que se revoque la resolución del juez Checkley Soria que dispone la participación de la Procuraduría General del Estado en la investigación preliminar contra la presidenta
Judiciales
El juez César San Martín declaró " bien concedido" el recurso de apelación que presento la Fiscalía
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema determinará, en segunda instancia, si la Procuraduría General del Estado (PGE) puede participar o no en la investigación preliminar seguida contra la presidenta Dina Boluarte; el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola; y otros altos funcionarios por las muertes ocurridas en las protestas que iniciaron en diciembre del año pasado.
Esto debido a que el tribunal presidido por el juez supremo César San Martín declaró "bien concedido" el recurso de apelación que presentó la Fiscalía de la Nación para que se revoque la resolución del magistrado supremo Juan Carlos Checkley Soria en la que dispone la participación de la PGE en esta investigación.
El tribunal supremo precisó que se deberá fijar fecha para la audiencia virtual en la que se evaluará este recurso de apelación con la participación de las partes involucradas, a fin de emitir una decisión final al respecto.
Antecedentes y fundamentos
El pasado 8 de marzo, el juez supremo Checkley Soria declaró "fundada en parte" una tutela de derechos que presentó la Procuraduría para anular la ampliación de la declaración indagatoria que rindió el premier Alberto Otárola ante la Fiscalía de la Nación, por no haber sido notificados para participar en esta diligencia reservada.
Ante ello, el magistrado rechazó esa solicitud, pero habilitó a la defensa legal del Estado para que participe en las próximas diligencias que se realicen en esta investigación preliminar.
Frente a esto, la Fiscalía de la Nación presentó un recurso de apelación en la que demanda que se revoque la resolución de dicho magistrado y se declare infundada está tutela de derechos, argumentando que la ley no habilita la intervención del Procurador en la declaración indagatoria del investigado.
"Que a partir de la interpretación sistemática de los preceptos procesales que regula la declaración del investigado no se admite la intervención de otros sujetos procesales en dicha declaración" precisa la Fiscalía de la Nación en su apelación.
Al respecto, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema determinó "que el auto cuestionado es apelable porque produciría un gravamen irreparable a la Fiscalía en su entendimiento de la realización de la declaración indagatoria de los investigados" en este caso.
Cabe resaltar que la Fiscalía de la Nación citó para el próximo lunes, 6 de junio, a la jefa de Estado para que rinda su declaración indagatoria en esta investigación preliminar por el presunto delito de genocidio y otros en agravio de la sociedad.
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