El Poder Judicial ordenó que el expresidente siga el juicio bajo comparecencia restringida.
El Colegiado B de la Sala Penal Nacional del Poder Judicial acogió el requerimiento del Ministerio Público para ordenar impedimento de salida del país para el expresidente Alberto Fujimori, procesado por el caso Pativilca.
La sala determinó comparecencia con restricciones durante 18 meses para el exmandatario, variando así la condición de comparecencia simple dispuesta en febrero pasado. Se precisó además que el impedimento de salida de país es por cuatro meses prorrogables, según la resolución.
Como parte de las restricciones, la sala determinó que el procesado no se ausente de la localidad donde reside (Lima) o, en todo caso, solicitar autorización al órgano jurisdiccional si requiere hacerlo; no variar de domicilio sin previa comunicación y autorización del colegiado; así como concurrir puntualmente a todas las citaciones que se le efectúe.
La sala también determinó que se oficie a la Policía Nacional del Perú y la Superintendencia Nacional de Migraciones para que cumpla el impedimento de salida del país. Asimismo, se dispuso notificar a Fujimori y advertir que, en caso se incumplan estas restricciones, se cambiará su condición legal por la de prisión preventiva.
El pedido de impedimento de salida del país para Alberto Fujimori fue hecho por el titular de la Tercera Fiscalía Superior Penal Nacional, Luis Landa, luego de que se conociera que el expresidente afrontará el juicio por el caso Pativilca.
La fiscalía justificó su solicitud, entre otros elementos, con la información de que Alberto Fujimori ha empezado a tramitar su pasaporte luego de haber recibido el indulto humanitario. No obstante, el expresidente y su abogado descartaron haber iniciado este trámite y señalaron que pudo haberlo realizado cualquier persona "que podría haber pretendido causarle un perjuicio".
Fujimori no fue excluido del caso Pativilca
El Colegiado B de la Sala Penal Nacional resolvió que en el caso Pativilca no se le aplica el derecho de gracia que le otorgó en diciembre pasado el expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) a Alberto Fujimori. En consecuencia, no será excluido del nuevo juicio.
El tribunal aceptó la petición de la defensa de las víctimas, por lo que el exmandatario será procesado como presunto autor mediato del delito de homicidio calificado.
"La gracia presidencial otorgada mediante Resolución Suprema N° 281-20017- JUS de fecha 24 de Diciembre de 2017, resulta incompatible con los deberes de investigar, juzgar y sancionar graves violaciones de derechos humanos, siendo además una medida que como hemos analizado colisiona claramente con derechos fundamentales amparados en nuestra Constitución", indica la resolución judicial.
El caso
El 29 de enero de 1992, seis campesinos de los anexos El Caraqueño y San José en Pativilca (Barranca) fueron secuestrados, torturados y asesinados por miembros del grupo Colina.
Ernesto Árias Velásquez (17), Jhon Calderón Ríos (18), Toribio Ortiz Aponte(25), César Rodríguez Esquivel (29), Pedro Agüero Rivera (35) y Felando Castillo Manrique (38) fueron ejecutados extrajudicialmente.
El técnico del Ejército Jorge Ortiz Mantas, exintegrante del grupo Colina, confesó que participó en la masacre. Señaló en una sesión judicial de febrero de 2008 que el grupo Colina dependía del exgeneral Hermoza Ríos, quien respondía a las órdenes de Alberto Fujimori.
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