Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
Los delitos que abarca el Caso Relojes Rolex en la investigación a Dina Boluarte
EP 1122 • 05:48
El poder en tus manos
EP71 | INFORME | Abundancia de partidos: ¿Qué propuestas hay para reducir el alto número de candidatos?
EP 171 • 03:21
El Club de la Green Card
Cheques de Estímulo 2024 en Estados Unidos
EP 20 • 01:49

Pedro Chávarry dice que resolución que suspende su colegiatura “es ilegal”

| Fuente: Ministerio Público

Según el fiscal de la Nación, la medida en su contra “ha violentado el debido proceso y el principio de reserva”. Además, señala que hay una recusación pendiente contra el presidente del Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima.

El fiscal de la Nación, Pedro Chávarrycalificó de "ilegal" la resolución del Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima que suspende su colegiatura por cuatro meses.

Según el fiscal de la Nación, la medida del Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima “ha violentado el debido proceso y el principio de reserva”. Además, señala que hay una recusación pendiente contra el presidente del Consejo, Walter Ayala.

A través de su cuenta en Twitter respondió el representante del Ministerio Público luego de que el Consejo de Ética del CAL emitiera un comunicado informando de la medida. Esta se da por las presuntas faltas antiéticas que vulneran los artículos 1°, 6°, 7°, 8°, 9° y 76° del Código de Ética del Abogado.

En opinión de Walter Ayala, Chávarry ya no podría ser fiscal de la Nación ni fiscal supremo hasta que se regularice esta situación, debido a que “todo funcionario necesita el título de abogado colegiado para ejercer la función”.

Según explicó, el fiscal de la Nación puede apelar esta medida en su contra, pero también se supendería el recurso de apelación. Así, la medida se mantiene hasta que un órgano superior lo revoque o anule, pero los efectos son inmediatos.

Luego del plazo de cuatro meses, se determinará si se levanta la medida cautelar siempre y cuando el titular del Ministerio Público pruebe que no ha cometido ninguno de los actos por los que ha sido denunciado, añadió la consejera María Vera Tudela Peña.

 

Tags

Lo último en Judiciales

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA