La medida, que estará vigente por cuatro meses, se da por presuntas "faltas antiéticas" cometidas por el fiscal de la Nación que vulneran artículos el Código de Ética del Abogado.
El Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima dictó una medida cautelar que suspende la colegiatura del fiscal de la Nación, Pedro Chávarry, por un plazo de cuatro meses.
La medida se da por las presuntas faltas antiéticas que vulneran los artículos 1°, 6°, 7°, 8°, 9° y 76° del Código de Ética del Abogado.
Los siguientes miembros del Consejo de Ética votaron en mayoría por dicha medida: Walter Ayala Gonzales, presidente del Consejo de Ética, María Vera Tudela Peña y Víctor Cabaenillas Alhuay. En tanto, aún no se han pronunciado los consejeros Andy Carrasco Huaman y Juan Manuel Salazar Rosales.
El presidente del Consejo de Ética enviará el oficio a la Junta de Fiscales Supremos a fin de que procedan conforme a sus atribuciones.
"No podría ser fiscal de la Nación"
“Todo funcionario necesita el título de abogado colegiado para ejercer la función. Al no contar con el requisito, de manera automática ya no cumpliría con los requisitos para el cargo. Siguiendo esa secuencia, no podría ser fiscal de la Nación y tampoco podría ser fiscal supremo hasta que se regularice su situación", afirmó Walter Ayala en RPP.
Según explicó, el fiscal de la Nación puede apelar esta medida en su contra, pero también quedaría suspendido el recurso de apelación. Así, la medida se mantiene hasta que un órgano superior lo revoque o anule, pero los efectos son inmediatos.
Además, Ayala comentó que la medida se da por la implicancia de Chávarry en los ‘audios de la corrupción”, asimismo “se presume que habría una supuesta conducta antiética”.
En la misma línea se pronunció María Vera Tudela Peña, otra de los consejeros firmantes, quien señaló que Chávarry no podrá cumplir las labores de fiscal. “No podría, se requiere que sea colegiado para poder desempeñarse en la actividad profesional de abogado. Quedaría inhabilitado por cuatro meses hasta que se resuelva y se le dé el debido procedimiento”.
Luego de estos cuatro meses, se determinará si se levanta la medida cautelar siempre y cuando el titular del Ministerio Público pruebe que no ha cometido ninguno de los actos por los que ha sido denunciado.
Comparte esta noticia