La resolución judicial sotiene que el fiscal Jose Domingo Pérez no puede pedir medidas sobre bienes que no incautó y no puede intervenir en la intimidad de una persona fallecida.
El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios declaró improcedente el pedido del fiscal José Domingo Pérez de acceder a la información de celulares del expresidente Alan García. Dicha sala resuelve:
“Declarar IMPROCEDENTE el requerimiento formulado por el Primer Despacho del Equipo Especial en mérito del cual requiere la medida de búsqueda de pruebas y restricción de derechos en la modalidad de intervención al derecho a la intimidad; en la investigación formalizada contra Luis José Nava Guibert y otros por la presunta comisión del delito de colusión agravada y otros en agravio del Estado”, se lee en la resolución.
La Sala sostiene que se pretende obtener información que forma parte de la vida privada de una persona fallecida respecto a quien investigación ha sido archivada.
No hay nuevas pruebas
En la resolución, se indica que no se han presentado elementos de convicción que corroboren pedido del fiscal, pues las presuntas declaraciones del ex vicepresidente de Petroperú Miguel Atala, sobre llamadas antes de efectuar pagos se puede obtener por otros medios y dichas declaraciones de Atala en nada hacen referencia de que Alan García sea líder de una organización criminal.
A esto se agrega que, pese haber transcurrido más de 2 años desde inicio de investigación preparatoria. no existen nuevas pruebas que corroboren el pedido fiscal.
Por dichos fundamentos, entre otros, como el de no haberse acreditado la necesidad de la medida solicitada, es que la medida de Intervención a la intimidad personal de Alan Garcia es declarada Improcedente.
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