El juez supremo Juan Carlos Checkley desestimó los argumentos de la defensa de Manuel Lozada, al determinar que los hechos por los que se le investiga por el delito de rebelión y alternativamente por conspiración a la rebelión, sí constituyen un delito.
El exjefe de la Región Policial Lima, general PNP Manuel Lozada, continuará afrontando el proceso penal que se le sigue junto al expresidente Pedro Castillo y otros por el fallido golpe de estado del 07 de diciembre del 2022.
Esto debido a que el juez supremo Juan Carlos Checkley declaró infundado el recurso de excepción de improcedencia de acción que presentó Lozada Morales, para que se archiven los delitos de rebelión y conspiración que le imputa la Fiscalía y ser excluido de este proceso penal.
La defensa legal de Manuel Lozada alegaba en su recurso que los hechos denunciados no constituyen delitos, porque para el delito de rebelión se requiere un levantamiento de armas y que no se señaló como es que su patrocinado actuó con dolo en las conductas incriminadas.
Decisión
No obstante, el juez supremo Checkley Soria desestimó estos argumentos al determinar que los hechos por los cuales la Fiscalía formalizó la investigación preparatoria por el delito de rebelión y alternativamente por conspiración para la rebelión, en los términos planteados, que atribuyen a Lozada Morales, un alzamiento en armas, sí constituyen delito.
El magistrado también precisó que no es el estadio procesal para realizar una valorización probatoria por lo que debe desestimarse la excepción de improcedencia de acción interpuesta.
La Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializadas en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos solicitó al Poder Judicial que imponga a Manuel Lozada la pena de 25 años de prisión al acusarlo por el presunto delito de rebelión en agravio de estado a raíz de este caso.
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