Presunta obstrucción a la justicia y un posible intento de fuga fueron los motivos por los cuales la fiscalía solicitó la detención preliminar de 10 involucrados en el caso Richard Cisneros.
A pedido de la fiscal anticorrupción Janny Sánchez, la jueza Sonia Bazalar ordenó la detención preliminar del cantante Richard Cisneros; la ex secretaria general de Palacio de Gobierno, Mirian Morales; la ex secretaria personal de Martín Vizcarra, Karem Roca; el ex asesor presidencial, Óscar Vásquez, y otros 6 implicados.
Desde aproximadamente las 4:30 a.m., alrededor de 60 agentes de la División de Investigación de Delitos de Alta Complejidad (Diviac) de la Policía Nacional, 10 peritos del Ministerio Público y 10 fiscales del Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, llegaron a las viviendas de los implicados, sobre quienes pesa una orden de detención preliminar de 7 días.
¿Por qué los detuvieron?
Para la fiscal Sánchez, los detenidos podrían fugar y obstaculizar la investigación, debido a que tendrían contactos claves en importantes puestos que intentarían interferir en el proceso preliminar en su contra. Para el Ministerio Público, estos contactos podrían borrar material con importante información e influirían para que los testigos declaren falsamente.
En el caso de la ex secretaria general de Palacio de Gobierno, Miriam Morales y la ex secretaria personal de Martín Vizcarra, Karem Roca, también se les investiga por el presunto delito de ocultamiento real. Además, por falsedad genérica en el caso de Roca. Adicionalmente a Morales y Vásquez también se le investiga por presuntos delitos conexos de obstrucción a la justicia.
Correos electrónicos, documentos, pericias y el testimonio de un aspirante a colaborador eficaz indicarían que Cisneros fue contratado innecesariamente, siendo favorecido durante los años 2018 y 2020 con 9 órdenes de servicio, presuntamente sin justificación y con una serie de irregularidades, emitidas por el Ministerio de Cultura por una suma total de S/ 175 400. Esto como consecuencia de sus vínculos con personal muy cercano al presidente Vizcarra, prueba de ello serían las visitas a palacio de gobierno.
Además de la detención preliminar, también se lleva a cabo el levantamiento del secreto de las comunicaciones e incautación de pruebas, con el fin de obtener información en llamadas, redes sociales y otros.
Los otras órdenes de detención son para los funcionarios del Ministerio de Cultura: Patricia Aída Dávila Tasaico y Diana Angelica Tamashiro Oshiro (exsecretarias generales); Lincoln Martin Matos Parodi, (Director General de la Oficina General de Administración); Aura Elisa Quiñones Li y Liliana Margot Chaname Castillo (exdirectoras Generales de Recursos Humanos); Mauricio Manuel Salas Torreblanca (coordinador y programador del Gran Teatro Municipal).
El abogado Luis Lamas Puccio considera que la pena impuesta superaría los 4 años. “Habría necesidad de una prisión preventiva, sin embargo también hay que analizar el contexto de una organización. Una estructura en la que habrían participado varias personas con distinas funciones y jerarquías lo cual le da mayor relevancia en le plano de la gravedad", declaró a RPP.
¿Detención innecesaria?
Para el abogado Carlos Rodas, defensa de de Miriam Morales, la detención es innecesaria. "Está prevista para personas que rehuyen de la justicia, no para personas que renuncian a su trabajo para evitar suspicacias, para una persona que autorizó el registro de su vivienda, el levantamiento de sus comunicaciones. Mirian Morales es respetuosa de las decisiones que adopte la fiscalía".
Para Lama Puccio, la fiscalía está reuniendo toda la información y habría algún tipo de coordinación de voluntades entre los que están siendo detenidos y otras personas que particiaron en estos hechos. Sin embargo, para él la privación de la libertad es una medida de detención es excepcional. “Se da solamente en casos muy particulares en las que existen riesgos muy altos, en los que las personas evadan a la justicia, se escapen o puedan desaparecer pruebas, en esos casos hay necesidad de recurrir a privar de la libertad”, dijo a RPP.
En opinión del abogado penalista Julio César Espinoza, la privación de la libertad se dispone en casos mucho más graves. “La detención puede ser legal pero por los datos que se conocen pareciera que se trata de una medida desproporcionada si tenemos en cuenta que como se ha conocido hace pocas semanas fueron objeto de otra medida, allanaron sus inmuebles, inacutaron información y están de alguna manera presentes en la investigación presentes en ella en la fiscalía y congreso”.
La declaración de Miriam Morales al Ministerio Público está programada para el 22 de octubre. Su abogado dijo que la detenida se encuentra delicada de salud.
¿Investigación a Martín Vizcarra?
A la fecha aún no se conoce si la fiscal de la Nación, Zoraida Avalos, iniciará alguna medida como parte de la investigación del caso que involucre al Presidente Martín Vizcarra, quien ha reconocido conocer al cantante. “Estamos evaluando si investigamos al presidente Martín Vizcarra durante su mandato”, dijo en una entrevista a Canal N. El procurador general, Daniel Soria Luján, solicitó a la fiscal que se le informe una vez tomada la decisión para que se inicie las investigaciones del caso con la finalidad de salvaguardar los intereses del Estado.
Para el penalista Luis Lamas Puccio, el presidente Martín Vizcarra debería participar del caso. “Por el rango que ocupa y además por su condicion de presidente de la República, no lo excluye que pueda ser parte de esta indagación y con las restricciones en razón del cargo que la ley establece. En términos de investigación, el presidente Vizcarra sí debería ser objeto mínimo de una indagación”.
El antecedente más próximo de un presidente, ejerciendo el cargo, involucrado en una investigación es el de Ollanta Humala y Pedro Pablo Kuczynski. El abogado penalista Julio César Espinoza, quien es parte de la defensa del expresidente Humala, asegura que un presidente no puede ser sometido a una investigación hasta que culmine su mandato, lo que la fiscalía puede hacer es recabar información, pero no lo puede iniciar una investigación ni siquiera de carácter preliminar: “Lo que sí puede hacer es citarlo en condición de testigo, pueden ir a palacio y tomarle su declaración. El fiscal no puede darle la condición de investigado. En el caso del presidente Vizcarra, lo máximo que puede hacer la fiscal de la Nación es recibir los informes de los fiscales que se les está enviando. No puede iniciar una investigación en su contra”, aseguró.
Antecedentes
- El 20 de mayo se dispuso iniciar diligencias preliminares durante 60 días para los que resulten responsables por los delitos contra la administración pública, en la modalidad de corrupción de funcionarios en agravio del Estado.
- El 27 de mayo se dispuso las diligencias como la solicitud de información del Ministerio de Cultura.
- El 29 de mayo se dispuso la ampliación de los hechos respecto a otras contrataciones que habría tenido Richard Cisneros entre los años 2018 y 2020, además del recojo de documentos en el Ministerio de Cultura y Palacio de Gobierno.
- El 5 de junio se dispuso ampliar e incorporar hechos de investigación que implicarían a Aura Elisa Quiñones, directora de la oficina de recursos humanos del Ministerio de Cultura y Richard Cisneros por la presunta comisión de los delitos en contra de la adminstración pública, en la modalidad de colusión agravada y negociación incompatible en agravio del Estado.
- Se realizaron otras diligencias como parte del proceso de investigación hasta la detención preliminar de los involucrados.*
Comparte esta noticia