En el marco de su defensa ante la Comisión Permanente del Congreso, previa al debate sobre su posible destitución, el fiscal supremo Pedro Chávarry criticó el proceder de un sector del Ministerio Público y, como parte de sus argumentos, dijo lo siguiente: “Al expresidente democrático, al doctor Alan García, lo [han] querido tener [detenido] sin acusación fiscal y sin ningún indicio”. OjoPúblico concluye que esta afirmación es falsa.
Pedro Chávarry, ex fiscal de la Nación
Contexto: Comisión Permanente del Congreso de la República
Fecha de la declaración: 28 de mayo del 2019
La resolución de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios, fechada el 16 de abril del 2019, da cuenta detallada de una serie de indicios documentales presentados por el Primer Despacho del Equipo Especial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios como sustento de su tesis sobre la existencia de una presunta red criminal liderada por el expresidente Alan García e integrada por miembros de su entorno personal y partidario.
El acápite 3 de los considerandos presenta una lista general de elementos considerados relevantes para los distintos aspectos de la investigación:
-Documentación vinculada con los proyectos de las obras IIRSA SUR, tramos 2 y 3; y la Línea 1 del Metro de Lima.
-Estados de cuentas bancarias de los investigados o personas vinculadas con ellos entre 2005 y 2017.
-Libros y/o registros de contabilidad y administrativos de las empresas Ammarin Investment Inc., Transportes Don Reyna y Estudio Jurídico Nava-Huesa, de los años 2005 a 2017.
-Libros de actas, registros de comprobantes de pago y documentación contable y administrativa relacionados a la empresa Ammarin Investment Inc. y Transportes Don Reyna del 2005 al 2017; entre otros.
En el apartado sobre el análisis del caso concreto, el juzgado señala de manera precisa que los documentos entregados por la empresa Odebrecht acreditarían los pagos hechos hacia los involucrados:
“Que, de la revisión del requerimiento efectuado, y del análisis de los elementos de convicción que lo sustentan, se aprecia en primer orden que la empresa Odebrecht ha entregado documentos del sector de operaciones estructuradas que acreditarían los pagos a los imputados. Así se tiene que, del acta fiscal de recepción de documentos, de fecha uno de abril del presente año, la referida empresa ha entregado un total de 144 folios, lo cual se enmarca dentro de las obligaciones asumidas por la empresa en el proceso de colaboración eficaz celebrado con nuestro país”.
Con base en las evidencias recogidas, la Fiscalía planteó la hipótesis de que dicha red criminal fue constituida durante el segundo periodo de gobierno de García (2006 - 2011) con el fin de “favorecer a un grupo determinado de empresas brasileñas y peruanas vinculadas a estas, para hacerse de importantes obras de infraestructura del país, como lo fue la obra de la Línea 1 del Metro de Lima (conocido como Tren Eléctrico), la continuación de la construcción del corredor vial de la interoceánica sur, entre otras obras, ello con la finalidad de obtener ventajas económicas indebidas, cometiendo actos de corrupción”.
La Fiscalía presentó dos imputaciones concretas contra Alan García en base a los indicios de la investigación: por el delito de colusión agravada y por el delito de lavado de activos.
La imputación por colusión agravada estuvo basada en el análisis de que Alan García habría determinado un marco legal para la ejecución de esas obras con la promulgación de los Decretos de Urgencia N°032-2009, N°034-2009, N°042-2009, N°063-2009, N°107-2009, N°117-009 y los Decretos Supremos N°081-2010-EF y N°262-2010-EF, que permitieron un proceso especial para la preparación, gestión, administración y ejecución de los proyectos en cuestión; también en que García dispuso que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (ese entonces a cargo de Enrique Cornejo) y la Autoridad Autónoma del Tren Eléctrico - AATE (bajo la dirección ejecutiva de Oswaldo Duber Plasencia) se encargaran de la ejecución estas obras públicas; todo, a decir de la Fiscalía, para obtener dádivas que se confirmaban con la documentación de la División de Operaciones Estructuradas, la oficina de sobornos de Odebrecht. En específico la información de transferencias recuperada de los sistemas “MyWebDay”, que permitía procesar y realizar pagos de su “presupuesto fantasma”, y “Drousys”, que permitía las comunicaciones electrónicas seguras entre funcionarios de Odebrecht, operadores financieros externos y cómplices.
El sustento de la imputación contra García por el delito de lavado de activos fue que el expresidente recibió 100 mil dólares a través de un contrato simulado con el estudio Espinola Consultoría Jurídica, considerado un intermediario de sobornos o pagos ilícitos o encubiertos provenientes de la División de Operaciones Estructuradas de Odebrecht. Además, por haber sido presuntamente beneficiado con sobornos canalizados mediante personajes cercanos a él, a quienes Odebrecht hizo las transferencias de manera directa: Luis Nava Guibert (identificado en los documentos de transferencias con el codinome Chalán), Faresh Miguel Atala, Samir Atala y José Nava Mendiola (identificado con el codinome Bandido). Estos aportes de dinero también fueron sustentados con base en la documentación proporcionada por la constructora, según los reportes de sus sistemas informáticos “MyWebDay” y “Drousys”.
De acuerdo a la documentación, durante el periodo de marzo del 2006 y octubre del 2010 el área de sobornos de la empresa transfirió cerca de 5 millones de dólares hacia el entorno del expresidente García identificados con los codinomes ‘APRA’, en referencia al partido aprista; ‘Laque’, que corresponde a Luis Alva Castro; ‘Bandido’ y ‘Chalán’.
El juzgado coincidió con la Fiscalía en el análisis de lo que denominó “la frondosa documentación proporcionada por la empresa colaboradora”, y en consecuencia dividió la evidencia en tres grupos.
El primero se refiere a los depósitos que habría realizado la empresa a los codinomes ‘APRA’ y ‘Laque’ entre 2006 y 2007, por un total de US$ 333, 482.78
En el segundo grupo, se identificaron cuatro transferencias asociadas al codinome de ‘Bandido’, por un total de US$ 471,302.00.
En el tercer grupo de documentos se identificaron las transferencias a Luis Nava Guibert, ex secretario de Alan García, por un total de US$ 4´084,184.62, durante los años 2006 al 2008. Parte de estas estas transferencias fueron realizadas por medio de cuentas de la sociedad offshore Ammarin Investment INC, que, como ya es de dominio público, tenía como apoderado al empresario Miguel Atala (quien luego confesaría haber sido testaferro de Alan García).
OjoPúblico intentó obtener precisiones de parte del fiscal supremo Pedro Chávarry, pero hasta el cierre de edición no fue posible establecer comunicación.
Tras lo expuesto, OjoPúblico concluye que la declaración del exfiscal de la Nación, Pedro Chávarry, con relación a que se quiso detener al expresidente Alan García sin ningún indicio, es falsa.
Comparte esta noticia