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España multa a Google por más de un millón de dólares

Google
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La Agencia Española de Protección de Datos sancionó al gigante de Internet por cometer tres infracciones graves de la ley de protección de datos.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sancionó a Google por cometer tres infracciones graves de la ley de protección de datos, cada una multada con 300.000 euros (unos 410.000 dólares).

La AEPD, que requiere a la tecnológica estadounidense que cumpla la ley "sin dilación", explicó que la nueva política de privacidad de Google -en vigor desde marzo de 2012- "vulnera gravemente" el derecho a la protección de los datos personales reconocido por la Constitución Española y regulado por ley.

El organismo público ha "constatado" que la compañía recoge y trata ilegítimamente información personal, que no proporciona al usuario información adecuada de qué tipo de datos y con qué fines se recogen.

También destacó que Google almacena y conserva datos personales por periodos de tiempo indeterminados e injustificados y que obstaculiza el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

La multa puede ser recurrida, aunque el recurso no paraliza su ejecución, según Protección de Datos.

La primera sanción se deriva de que la tecnológica "recoge y trata ilegítimamente información personal, tanto de usuarios "autenticados" (dados de alta en sus servicios) como de los no "autenticados" e incluso de quienes son meros "usuarios pasivos" que no han solicitado sus servicios pero acceden a páginas que incluyen elementos gestionados por la compañía sin explicitarlo".

Protección de Datos denunció que la política de privacidad abuse de terminología imprecisa y expresiones genéricas, ambiguas y poco claras, que impiden que pueda considerarse que existe un consentimiento específico e informado y, por tanto, válido.

Además, el organismo afirmó que la tecnológica combina la información personal recogida de distintos servicios o productos para emplearla en "múltiples finalidades que no se determinan con claridad".

La segunda sanción es porque Google almacena y conserva información personal por periodos de tiempo "indeterminados o injustificados", con lo que contraviene la obligación legal de cancelarlos cuando dejen de ser necesarios para la finalidad establecida para su recogida.

La última infracción responde, sostiene la AEPD, a que Google "obstaculiza, y en algunos casos impide, el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de la información personal.

Estas tres sanciones impuestas en España son el resultado de un procedimiento que se abrió el pasado junio y que forma parte de una actuación coordinada de las autoridades de datos de Alemania, Francia, Holanda, Italia y el Reino Unido, ante la falta de reacción de Google a los requerimientos sobre protección de datos.

EFE

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