De acuerdo con un estudio regional recientemente publicado, el 3,1% de la población que vive en el Perú es extranjera y el 90% de ella proviene de América Latina. Como se observa, el país se ha configurado como uno de los principales destinos para los y las migrantes en la región. Por ello, es necesario mirar las políticas migratorias que se van adoptando y, en especial cómo se busca resolver una de las temáticas más importantes cuando hablamos de procesos de migración internacional: el acceso a documentos que permite a su vez el ejercicio de derechos.
Si bien nos encontramos en una región que ofrece un marco de protección muy amplio con el reconocimiento de, entre otros, el derecho a migrar, la realidad dista mucho de este paradigma. La imposición de pasaporte y distintas visas a la población venezolana para el ingreso a varios Estados, en especial en la región andina, han marcado un giro restrictivo preocupante. Asimismo, en muchos países, para ejercer derechos es necesario contar con una regularización migratoria y, hasta en algunos casos con residencia de cierta duración en un país.
En el caso peruano, la regularización migratoria se convirtió en un tema de especial interés con el mecanismo del PTP que respondió de forme temporal y muchas veces insuficiente a una migración de la desesperación. Con el fin adelantado de este mecanismo en octubre de 2018, la población migrante, y en especial, la venezolana recién llegada se ha quedado sin posibilidad clara de regularización ya que a pesar de la existencia de otras vías, como el acceso a una calidad migratoria por trabajo, estas son en la práctica muchas veces imposibles de acceso por temas de requisitos y costos. La reciente normativa que aprueba medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la situación migratoria de extranjeros y extranjeras (Decreto Supremo N° 010-2020-IN) busca responder a esta realidad.
La necesidad de promover vías de regularización migratoria es, sin duda, urgente. La cuestión es saber qué tipo de vía y con qué condiciones. Lo primero es mirar que nos ofrece la normativa actual y cómo podemos sin crear nuevos mecanismos garantizar el acceso a documentos para la población migrante. Las respuestas son varias. La calidad humanitaria parece una vía interesante para el éxodo venezolano. Optar por una nueva respuesta con un enfoque cortoplacista y de excepcionalidad, es problemático porque no responde de forme integral a la migración y corremos el riesgo, nuevamente, de no garantizar el acceso a derechos para esta población.
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