La ley establece que en un año el Indecopi tendrá las facultades para revisar y autorizar fusiones o adquisiciones empresariales cuando el valor conjunto de las ventas supere los S/495 millones.
La fusión de dos o mas empresas en el mercado peruano ahora tendrá que tener la aprobación previa del Indecopi, según una reciente norma de control previo de fusiones aprobada este jueves por el Pleno del Congreso.
La norma, que tiene que ser promulgada por el Ejecutivo para entrar en vigor, establece que las fusiones de empresas que en conjunto vendan más de 118,000 UIT o 495 millones de soles al año tendrán que pasar por este proceso o cuando el valor de venta de la empresa a fusionarse sea mayor 25,000 UIT o S/105 millones.
Plazo
El documento también detalla que esta nueva función del Indecopi empezará a tener efecto dentro de un año. En ese plazo se conformará una división especializada en el Indecopi que estará compuesta por 35 personas que se capacitarán para sus funciones antes de que el grupo entre en operaciones, indicó el presidente del Indecopi, Ivo Gagluiffi al diario Gestión.
La norma detalla también que cuando esta fusión se dé en el sistema financiero, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deberá establecer cuál es el riesgo del sistema ante una posible concentración de mercado, lo mismo que la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV), cuando las fusiones se den en el sector bursátil.
¿Desde cuando se debate?
En el Perú, el debate sobre el control previo de fusiones se empezó a debatir cuando se hizo efectiva la fusión de las cerveceras Backus e Inbev, luego que de sus casas matrices se fusionaran a nivel global. Un segundo momento fue cuando se fusionaron Inkafarma y Mifarma, cuando se empezó a trabajar finalmente en esta norma recientemente aprobada. En total, se combinaron 10 iniciativas legislativas al respecto y luego se sumó una propuesta del propio Poder Ejecutivo.
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