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Empleo: ¿Cuáles son los seguros que deben tener todos los trabajadores formales?

El Vida Ley es obligatorio desde el inicio de la relación laboral entre el trabajador y el empleador.
El Vida Ley es obligatorio desde el inicio de la relación laboral entre el trabajador y el empleador. | Fuente: Andina

Conoce los seguros a los que todo trabajador en planilla debe estar afiliado por obligación de la empresa en la que labora.

Las empresas formales en el Perú se encuentran obligadas a cumplir con ciertas medidas para la protección a sus trabajadores, dependiendo del nivel de riesgo de sus labores.

Estos son los seguros que deberían tener todos los trabajadores en planilla según la Asociación de Empresas de Seguros (Apeseg):

Seguro de Vida Ley 

El Seguro de Vida Ley es obligatorio, debe ser contratado por el empleador y se activa desde el primer día de labores. Pero, ¿qué cubre?

Este seguro cubre muerte natural, accidental o invalidez permanente total, sin importar la actividad económica que realice la compañía o si el accidente o enfermedad se generó durante su jornada laboral, pues otorga protección las 24 horas del día. 

En caso de fallecimiento, la compañía aseguradora debe pagar a los beneficiarios del trabajador una indemnización equivalente a 16 remuneraciones si se trata de muerte natural o 32 remuneraciones si fue una muerte accidental.

Pero, si el trabajador sufre un accidente y queda en estado de invalidez permanente se le otrogará una indemnización de 32 remuneraciones.

Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo 

Las empresas que realizan actividades económicas de alto riesgo son las que deben contratar este tipo de seguro.

Entre los sectores en los que se aplica están: la pesca, producción de petróleo crudo y gas natural, extracción de minerales metálicos, industria del tabaco, fabricación de textiles, cuero, actividades de sustancias químicas industriales, fabricación de productos plásticos y de vidrio, construcción de maquinarias, electricidad, gas y vapor, construcción, servicios de saneamiento, entre otras. 

Según indica Apeseg, este seguro brinda dos tipos de coberturas

1. Salud: Puede ser contratada con una Empresa Prestadora de Servicios de Salud (EPS) o EsSalud. Esto cubre atención médica en accidentes laborales, la rehabilitación y asesoría preventiva. 

2. Pensiones: Puede ser contratada con una aseguradora o con la ONP y cubre principalmente cuatro tipos de gastos: 

  • Indemnización por invalidez: En caso un accidente laboral genere lesiones que causen una invalidez permanente de entre el 20% al 50% de la capacidad laboral se le pagará al asegurado una indemnización de 24 sueldos basada en su remuneración promedio y su grado de incapacidad. 
  • Pensión de invalidez: En caso sufras un accidente de trabajo o enfermedad relacionada a tu profesiona y te deje con una invalidez mayor o igual al 50% de su capacidad de trabajo, te darán pensión una vez terminado el período de subsidio. 
  • Pensión de sobrevivencia: Este monto se pagará a los beneficiarios acreditados del trabajador en caso este asegurado falleciera a consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. 
  • Gastos de sepelio: Esto permitirá que se reembolsen los gastos de sepelio hasta el monto máximo establecido para el mes del fallecimiento. 

Seguro Previsional de Sistema Privado De Pensiones 

Si estás afiliado al Sistema Privado de Pensiones, es decir, a una AFP, ten en cuenta que con tu aporte mensual accedes a un Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.

Este seguro te brinda protección a ti y a tu familia en caso de tu fallecimiento o invalidez como consecuencia de una enfermedad o un accidente.  

Con este seguro se te garantiza que podrás tener el monto de dinero necesario en tu fondo para el pago de las pensiones de Invalidez y Sobrevivencia, así como la Cobertura de los Gastos de Sepelio

Ten en cuenta que la cobertura de sobrevivencia se activa si la razón del fallecimiento fue un accidente o enfermedad que no se encuentra cubierta por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

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