Sunarp sinceró los requisitos para la inscripción de predios rurales
Luis Rubio
Registrador Publico de La Sunarp.
Tema: Cómo registrar un predio, que requisitos se necesitan, como formalizar y titular un inmueble, como iniciar los tramites en la Sunarp.
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos sinceró los requisitos para la inscripción de predios rurales y, además, ajustó estos criterios a la aplicación del régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de inmuebles, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1089.
Mediante la Res. N° 146-2012-SUNARP/SN, modifica diversos artículos del Reglamento de Inscripciones del Registros de Predios establece los requerimientos para la anotación de predios rurales afectados por la reforma agraria y adjudicados a título gratuito a favor de particulares.
De esta forma, que la norma subsana ciertas imprecisiones, pues pese a que el D. Leg. N° 1089 derogó la Ley de Registro de Predios Rurales, el reglamento de inscripciones del registro de predios continuaba vigente, generando confusión entre los usuarios y registradores, quienes seguían aplicándolo con todos sus efectos.
Según este reglamento, para la inmatriculación o inscripción de estos predios rurales deberá presentarse la resolución de adjudicación otorgada por el organismo competente, acompañando la certificación que acredite el consentimiento.
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