La denuncia preventiva recae contra el burgomaestre, Víctor Leyton, y los funcionarios de ese municipio por haber paralizado el servicio de limpieza pública.
La Contraloría General de la República presentó una denuncia preventiva contra el alcalde del Rímac, Víctor Leyton, y los funcionarios de ese municipio por haber paralizado el servicio de limpieza pública en la jurisdicción, que ocasionó montículos de basura se acumulen en sus calles.
Un informe presentado por el procurador público de la Contraloría Jaime Ortiz Rivero señala que esa comuna no está adoptando las acciones necesarias para evitar que se acumulen desperdicios y desmontes en las calles y avenidas.
Este problema convierte al distrito en foco infeccioso que puede afectar la salud de los moradores y transeúntes.
El documento destaca que las autoridades en funciones no tomaron las medidas correctivas a pesar de haber sido alertadas sobre esta situación por la Defensoría del Pueblo y el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) del referido municipio.
Ortiz Rivero y la fiscal adjunta de Prevención del Delito, Edith Reyes, se reunieron con el alcalde Leyton, quien se comprometió a subsanar las observaciones hechas por el órgano de control.
De esta forma, la Contraloría inició la aplicación de acciones concretas para que los alcaldes distritales salientes continúen prestando los servicios públicos que tienen bajo su responsabilidad hasta el último día de su mandato.
A través de su Oficina Regional de Control Lima-Callao, se está verificando las denuncias presentadas para determinar si las autoridades ediles están cumpliendo a cabalidad con sus obligaciones y funciones para las que fueron elegidas.
Entre ellas, garantizar la salud y seguridad de la población, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley de Residuos Sólidos.
Quienes incumplan con sus obligaciones o sus funciones estarán sujetos a las sanciones previstas en la normativa.
La Contraloría recibirá y atenderá las denuncias de la ciudadanía sobre presuntos incumplimientos de los alcaldes, derivándolas al área competente.
Todo esto se hará respetando la identidad de los denunciantes y el contenido de la denuncia, al regirse bajo el principio de reserva. Andina
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