Divorcio y cuentas pendientes: ¿quién asume las deudas del hogar?

Aunque suele creerse que la repartición siempre es 50/50, ello no aplica en todos los casos ya que depende si el matrimonio fue bajo sociedad de gananciales, bienes separados o si existieron vicios durante el proceso.

La abogada de familia Fiorella Jaimes explicó cómo funciona la división de bienes y las cuentas pendientes entre las parejas tras un divorcio. Aunque suele creerse que la repartición siempre es 50/50, Jaimes aclaró que ello no aplica en todos los casos ya que depende si el matrimonio fue bajo sociedad de gananciales, bienes separados o si existieron vicios durante el proceso.

Recordó que el Código Civil, a partir del articulo 315 en adelante, indica que las deudas deben ser consideradas como por ejemplo para la familia, la educación, hipotecarios y cuáles no se van a considerar

Recordó que esta situación puede ser vista a través de una conciliación que es la manera más rápida. Asimismo, puede ser por medio de un divorcio express ante la notaria o una municipalidad llegando a diversos acuerdos.

Jaimes precisó que se debe acordar qué deudas se van a dividir, pero si en su lugar eligen un proceso judicial se deberá presentar la evidencia de cómo se adquirió esa deuda y justificar ante un juez los motivos por los cuales no la puede asumir de forma directa.

“Con bienes separados cada quien es dueño de lo que adquiere dentro del matrimonio y también de las deudas que adquieren de forma independiente”, enfatizó la especialista.

Agregó que dentro del matrimonio, sin llegar al divorcio, también se puede dar la figura de hacer el cambio del régimen y con ello se van a separar los bienes porque ya está inscrito en Sunarp.

Anotó que son distintas las deudas que una persona puede tener con relación a una pensión de alimentos ya que la ley protege hasta el 60 % por este beneficio y da el 40 % de libre disposición.

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