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Elecciones 2014: casos en que hay exoneración de multa si no votas

Foto: ONPE
Foto: ONPE

Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó cuáles son las causales por las que se puede tramitar una dispensa, si un ciudadano no fue a votar o si no se desempeñó como miembro de mesa.

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó en qué casos especiales un ciudadano puede ser exonerado del pago de la multa respectiva, si no fue a votar o si no se desempeñó como miembro de mesa en los comicios de este domingo 5 de octubre.

Esas excepciones están contempladas en el Reglamento de Justificación, Dispensa y Multa Electoral aprobado por Resolución N° 0703-2011-JNE, precisa el órgano electoral a través de un comunicado de prensa.

Las causales por las que se puede tramitar una dispensa son: enfermedad, fallecimiento de familiar directo, incapacidad mental, robo o pérdida de DNI, falla en el padrón electoral, desastres naturales y otros casos de fuerza mayor.

Para cada caso se deberá acompañar a la solicitud el recibo de pago emitido por el Banco de la Nación de acuerdo con el monto por derecho de trámite aprobado en el TUPA (Texto Único de Procedimiento Administrativo), copia del DNI vigente y los documentos que sustenten la causal invocada.

DOCUMENTOS QUE DEBES PRESENTAR

Ante una situación de enfermedad se deberá adjunta un certificado médico, si se tratara de la muerte de un familiar se presentará una copia legalizada o autenticada en el JNE de la partida de defunción.

El ente electoral precisa que cuando se trata de dispensas por causales de error en el padrón electoral o por desastres naturales, no se exige el pago de tasa para su presentación. Las solicitudes de dispensa deben presentarse en la sede central del JNE, las Unidades Regionales de Enlace (URE), los Jurados Electorales Especiales (JEE) o las oficinas consulares según corresponda.

El plazo para resolver las solicitudes de dispensa es de cinco días hábiles desde su presentación, más el término de la distancia aplicable a las solicitudes remitidas por el JEE.
 
Para la justificación de inasistencia como miembro de mesa las causales previstas son:   enfermedad, incapacidad física o mental, lactancia y otros casos de fuerza mayor. Los plazos para resolver son los mismos que en el caso de dispensa y podrán recibir la respuesta en la misma sede donde se inició el trámite.

De acuerdo con la resolución, el ciudadano que obtenga su dispensa o justificación recibirá el holograma respectivo.

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