Desde el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aseguraron que las autoridades competentes para la fiscalización de este servicio informal son las municipalidades Metropolitana de Lima y Provincial del Callao. Precisaron que serán sancionados con una multa equivalente a 1 Unidad Impositiva Tributaria (S/ 4,200).
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), estableció que las motocicletas lineales están impedidas de brindar el servicio de taxi y que son las municipalidades provinciales a nivel nacional, las que deben encargarse del control y fiscalización para que esta normativa se cumpla.
Según comentó Fernando Cerna, director de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC, las autoridades competentes para fiscalizar son las municipalidades Metropolitana de Lima y Provincial del Callao, además de imponer las sanciones que correspondan. Agregó que esta labor corresponderá a dichas autoridades hasta que asuma la Autoridad del Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).
“En el caso de las ciudades de Lima y Callao, exhortamos a las autoridades competentes de las municipalidades Metropolitana de Lima y Provincial del Callao, a sancionar a aquellos conductores que insisten en brindar un servicio informal que atenta contra la seguridad vial y la vida de los ciudadanos. Ello, en tanto la Autoridad del Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) asuma las competencias de fiscalizar los servicios de transporte”, dijo.
Llamado a autoridades locales
El funcionario del MTC reiteró que este servicio está prohibido por los riesgos que representa para la ciudadanía, por lo que hizo un llamado a las autoridades locales para que se encarguen de establecer las estrategias necesarias con el objetivo de evitar que haya conductores que realicen este servicio.
“Este es un servicio que está prohibido por los riesgos que representa. Las municipalidades provinciales deben trabajar de manera coordinada con las autoridades distritales de sus jurisdicciones, para fortalecer la fiscalización en los puntos donde se ofrece el traslado de personas en este tipo de vehículos”, puntualizó.
Aquellos conductores que infrinjan el Reglamento Nacional de Administración de Transporte serán sancionados con una multa equivalente a 1 Unidad Impositiva Tributaria (S/ 4200), la retención de su licencia de conducir y el internamiento del vehículo en el que brinden el servicio de taxi.
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