Cuando tu estado civil cambia debes hacerlo notar en tu DNI para evitar problemas más adelante. Te damos unos consejos para realizar el trámite.
Para cambiar el estado civil en tu DNI debes ir a cualquier oficina del Reniec a nivel nacional, pero antes debes pagar 23 soles y llevar la documentación adecuada que sustente el cambio que deseas realizar.
El trámite para realizar el cambio de tu estado civil es relativamente fácil si es que se tiene los documentos adecuados. Toma nota de lo que necesitas hacer:
1.- Paga S/.23 en el Banco de la Nación o agente multired del Banco de la Nación, Banco de Crédito o en las mismas oficinas registrales si tienes tarjeta de débito o crédito visa. Otra manera de pagar es en la página web del Reniec mediante una tarjeta Visa afiliada a Verified by Visa. En Lima, puedes hacer uso de las Plataformas Virtuales Multiservicio.
2.- Si tu DNI dice soltero pero ya estás casado, sólo se le hará llenar una declaración jurada indicando tu nueva condición. Sólo las mujeres que quieren adicionar el apellido del esposo, deben presentar copia certificada del acta de matrimonio civil.
3.- Si eres divorciado (a) debes llevar copia certificada del acta de matrimonio expedida por el Registro del Estado Civil con la anotación marginal de la disolución del vínculo matrimonial.
4.- Si eres viudo (a) se le hará llenar una declaración jurada de matrimonio y copia certificada del acta de defunción del cónyuge, expedida por el Registro del Estado Civil.
5.- Si en tu DNI figuras como casado, pero nunca te casaste por civil y quieres cambiar que tu estado civil a “soltero (a)” procede por la vía administrativa; debes presentar la resolución emitida por de la subgerencia de depuración de identificación que resuelve rectificar el dato del estado civil. Si es por mandato judicial, debes llevar oficio y parte con resolución judicial consentida o ejecutoriada que corresponde.
Nota
6.- Si te casaste antes del 4 de octubre de 1930, podrá acreditar tu estado civil con el acta de matrimonio religioso certificada por un notario eclesiástico.
7.- Si te casaste en el extranjero este acto debe ser registrado en la Oficina Registral Consular correspondiente o en la Oficina de Registro de Estado Civil de la jurisdicción respectiva cuando el o los contrayentes peruanos fijen su domicilio en el Perú dentro de los 90 días de haber ingresado al país.
8.- En caso de anulación del matrimonio debes presentar la copia certificada del acta de matrimonio civil donde conste la anotación de nulidad y la copia certificada y simple de la resolución judicial firme. En este caso se revierte el estado civil anterior.
9.- Este trámite sólo se puede hacer en las oficinas Registrales del Reniec donde te dirán cuándo puedes recoger tu documento modificado. Recuerda que si quieres recoger tu documento en otra oficina que no es donde realizaste el trámite, deberás pagar un adicional.
10.- Si todavía tienes el DNI anterior no puedes llevártelo de recuerdo. Debes entregarlo para que sea anulado. Para ello deberás firmar también una declaración. Si no lo tienes debes firmar una declaración jurada de pérdida del documento.
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