Hacer un testamento es muy simple. En primer lugar, se debe ir a un notario y declarar la voluntad de hacer un testamento, pero si la persona es mayor de 70 años el notario solicitará un certificado médico y psiquiátrico.
La abogada de familia Aída Parró destacó la importancia de elaborar un testamento en vida para evitar conflictos familiares, trámites engorrosos y discusiones por herencias o bienes.
Sostuvo que lamentablemente en nuestro país este sigue siendo un tema tabú, pero es importante que una persona deje ordenados sus documentos antes de fallecer.
“Es muy recomendable, es cuestión de introducir ese tema para que la gente tenga conciencia de que es mucho mejor dejar un testamento y librarse de diversos inconvenientes, por ejemplo, con las actas de nacimiento, partida de matrimonio o defunción, porque luego es posible se deban hacer rectificaciones”, sostuvo Parró.
La especialista en familia dijo que es necesario revisar nuestros documentos y verificar que los nombres y apellidos estén correctos, porque luego la rectificación, una vez fallecida la persona, puede demorar hasta más de cinco años.
Agregó que entre los requisitos para validar un testamento luego de que la persona falleció son el acta de defunción, el DNI, el acta de nacimiento de los herederos si es que hay hijos, si el cónyuge está vivo debe presentar el acta de matrimonio que será revisado por un notario o abogado para comprobar que todo esté correcto, sobre todo los nombres y los apellidos y que no existan errores ortográficos.
La abogada Parró manifestó que muchas veces las rectificaciones pueden ser administrativas en Reniec donde no es costoso y es relativamente rápido, pero si la corrección es más compleja deberá hacerse vía notarial o judicial. “Una vez que se recaban todos estos documentos se inicia la sucesión intestada que puede ser notarial o judicial”, refirió.
Pasos para iniciar un testamento
La abogada explicó que hacer un testamento es muy simple. En primer lugar, se debe ir a un notario y declarar la voluntad de hacer un testamento, pero si la persona es mayor de 70 años el notario solicitará un certificado médico y psiquiátrico que demuestre que se encuentre en sus facultades, llevar el DNI y la voluntad de como desea se repartan sus bienes.
Aída Parró afirmó que se puede dejar el tercio de libre disposición de los bienes a quien se desee, ya sea a un amigo, a un familiar, a una institución, etc., ya que lo más simple en un testamento es indicar quiénes serán los beneficiarios.
Cabe indicar que un testamento se puede modificar e incluso revocarlo y en caso no haya a quien heredar la Beneficencia se hará cargo de los bienes.
Finalmente, manifestó que cuando una persona muere intempestivamente y no dejó testamento las cuentas bancarias pueden quedar perdidas si es que no hay herederos o no saben de su existencia, pero en la actualidad ya existe un sistema para verificar si existen cuentas bancarias, seguros de vida, AFP, etc.