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Reniec inicia campaña para reponer partidas siniestradas

Norma permitirá restitución y reinscripción de partidas siniestradas en beneficio de un millón de peruanos

El Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), Eduardo Ruiz Botto saludó la promulgación de la Ley Nº 29312 que regula el procedimiento de reposición de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción destruidas o desaparecidas por negligencia, hechos fortuitos o actos delictivos.

 

La norma permitirá la restitución y reinscripción de las partidas siniestradas en beneficio de un millón de peruanos.

 

"Su aprobación hace realidad un permanente anhelo de nuestra institución expresado en nuestro Plan Nacional de Restitución de la Identidad presentado el 2004" manifestó.

 

Ruiz Botto recordó que el RENIEC presentó al Congreso un proyecto de ley para enriquecer la norma publicada en el diario oficial El Peruano el último 7 de enero,  "razón por la que también nos satisface su promulgación" dijo.

 

Ruiz Botto manifestó también su saludo al Presidente Alan García Pérez por la aprobación de la citada ley y al Congreso de la República, "en especial a los parlamentarios integrantes de la Comisión de Justicia, por su dedicación para legislar esta norma".

 

En los próximos días el RENIEC iniciará una campaña para notificar a las 3,600 Oficinas de Registros Civiles (OREC) distribuidos en el todo el territorio nacional (1.834 gobiernos locales y 1,766 comunidades nativas y campesinas)  a fin de que entreguen información a la institución, en detalle, sobre los libros de actas que estarían desaparecidos o siniestrados.

Con esta información el RENIEC solicitará a las Cortes Superiores de Justicia de toda la República y al Archivo General de la Nación , si cuentan con copias de estos libros no hallados. De ser así las copias legalizadas de estos libros serán digitalizadas y entregadas a las respectivas OREC para completar su acervo documentario y estar en condiciones de atender a los ciudadanos que soliciten estos documentos.

 

La norma también considera que si no se encuentran los mencionados libros de actas en los archivos consultados, el RENIEC procederá a la reinscripción de los ciudadanos afectados cumpliendo algunos requisitos pre-establecidos.

 

Según la ley el RENIEC tiene un plazo de 180 días para ejecutar este procedimiento.

 

Por esta razón, el doctor Ruiz Botto invocó la colaboración de las Oficinas de Registros Civiles (OREC), de las Cortes Superiores de Justicia y del Archivo General de la Nación en el cumplimiento de la norma.

 

También  ratificó  el compromiso institucional con la ejecución de lo dispuesto  "en la medida que beneficia a los peruanos que más lo necesitan".

 

 

ANDINA


 

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