En RPP, el abogado Carlos Caro señaló que, si también se determina que no condujo bajo los efectos del alcohol, era probable que Adrián Villar afronte el proceso en libertad.
El abogado Carlos Caro analizó este jueves la decisión del Poder Judicial (PJ) de imponer nueve meses de prisión preventiva contra Adrián Villar (21) en el marco de la investigación que se le sigue por la muerte de la deportista Lizeth Marzano.
Villar Chirinos afronta una investigación por la presunta comisión de los delitos de homicidio culposo, omisión de socorro y fuga del lugar del accidente de tránsito.
Caro estimó que Adrián Villar habría podido eludir la prisión preventiva si no se hubiera dado a la fuga después de haber atropellado a Lizeth Marzano la noche del 17 de febrero, frente a la sede de Lima Golf Club, en el distrito limeño de San Isidro.
En La Rotativa del Aire, el jurista señaló que si Villar hubiera acudido inmediatamente a la comisaría y se determinaba que no condujo bajo los efectos del alcohol o algún otro tipo de estupefaciente, el joven habría podido afrontar el proceso en libertad.
“Si es verdad que él no conducía en estado de ebriedad, si es verdad que él no conducía bajo efectos de alguna droga; él iba a pasar el dosaje etílico, la prueba toxicológica iba a salir en negativo y lo más probable es que en las primeras horas lo hubieran liberado”, declaró.
“Entonces, ponerse a derecho, colaborar con las investigaciones desde el primer momento es el factor clave”, agregó.
Adrián Villar no recibió una asesoría adecuada
El letrado consideró que, inicialmente, el joven no recibió una correcta asesoría de parte de su defensa legal ni de su familia, porque -remarcó- se puso a disposición casi dos días después de que venza el plazo de flagrancia.
“Escondió el automóvil y por segunda vez retornó al lugar de los hechos en compañía de su padre (Rubén Villar) y Marisel Linares, seguramente para ver si la víctima seguía ahí, para ver qué había pasado, si había pruebas o si había personas investigando”, indicó.
Caro insistió en la mala asesoría indicando que, si bien se fugó en vez de socorrer a Lizeth Marzano, lo que correspondía era acudir inmediatamente a una dependencia policial.
“No socorriste a la víctima, ya estamos tarde para eso, pero estamos aún a tiempo de ir a la comisaría, entregarte, vas a estar preso durante unas horas, vas a pasar el dosaje etílico, vas a pasar el examen toxicológico, y si superamos esa prueba, lo más probable es que estés libre en las próximas 24 o 48 horas”, apuntó.
“En consecuencia, el joven está pagando ahora las consecuencias o los efectos o secuelas de todo esto”, añadió.
¿Qué factores tomó en cuenta el juez para imponer prisión preventiva?
En otro momento, el abogado Carlos Caro explicó los detalles de la audiencia de anoche en la que el juez Adolfo Fernando Farfán aceptó el requerimiento fiscal e impuso nueves meses de prisión preventiva contra Adrián Villar.
El magistrado dijo que para este caso la prognosis de la pena -o sea, la predicción de la posible sanción al final del proceso- era de al menos ocho años de prisión por los presuntos delitos de homicidio culposo, omisión de socorro y fuga del lugar del accidente de tránsito.
Así, Caro indicó que si la prognosis de la pena hubiera sido de cinco años era probable que Villar Chirinos hubiera afrontado el proceso en libertad.
No obstante, remarcó que el juez estableció el “peligro procesal” por varios factores, entre ellos haberse fugado y no haber socorrido a la víctima.
“… luego del accidente, no haber dado la cara, haber planeado toda una puesta en escena para ir a una clínica, pasar un dosaje etílico sin supervisión alguna de parte de las autoridades, ponerse, entre comillas, a disposición de la justicia a pocas horas, a una hora y pocos minutos de vencerse la medianoche, es decir, el periodo de la flagrancia, dos días después”, aseveró.
A decir de Caro, estos factores jugaron en contra de Adrián Villar y representaron un peligro procesal.
“Fuga es peligro procesal, no entregarse a las autoridades inmediatas, peligro procesal, lo cual echa por tierra el argumento de la defensa de que uno tiene derecho a fugarse, uno tiene el derecho de no presentarse, uno tiene el derecho de resistir a la orden de captura. Eso no funciona así cuando de por medio está en juego la vida de la persona”, enfatizó.
Finalmente, el letrado alegó que la “presión mediática” podría influir en una decisión fiscal o judicial; sin embargo, estimó que el resultado para este caso habría sido el mismo sin el rol que jugaron los medios de comunicación.
“Si hacemos un examen superficial, empírico, de cómo resuelven los jueces en este tipo de casos, es altamente probable que el resultado hubiera sido evidente”, concluyó.