El abogado penalista Roberto Miranda explicó la pena que Félix Manrique Gómez podría afrontar ante la Justicia, luego de que se le detuviera por liderar una secta y haber captado a menores de edad.
El abogado penalista Roberto Miranda explicó este jueves si el caso de Félix Manrique Gómez, quien fue detenido por presuntamente liderar una secta en Junín que captaba mujeres, puede ser procesado por el delito de trata de personas.
En declaraciones a Conexión de RPP Noticias, Miranda comentó que, si bien es cierto que existe libertad de cultos, el Código Penal tipifica en su artículo 153 que si se vulnera la voluntad de una persona a través de la manipulación se pueden enfrentar penas de entre 8 y 15 años.
“Tienen a un líder casi mesiánico al cual le obedecen cierto tipo de sumisión y entonces eso ya significa dentro del derecho una coacción o grado de inducción. La penalidad en el artículo 153 para la figura básica en la cual hay traslado, acogimiento, una simple recepción, captación y cualquier beneficio que pudiera otorgarle el líder de este culto el delito de trata, la pena es de no menos de 8 ni más de 15 años, solo por el hecho de ofrecer un beneficio”.
Consentimiento
Miranda precisó que aun si las víctimas de estos cultos pueden asegurar que están vinculadas a estos grupos por consentimiento propio, la Justicia se debe encargar de determinar el grado de vinculación que existe.
“Aun cuando haya consentimiento la trata de personas tiene un ingrediente importante que es la coacción y pensamos que la coacción es sujetar físicamente a alguien y no es eso, es también doblegarle la voluntad porque hay voluntades que son más volubles a ser sometidas a ser obedientes, entonces eso es lo que se protege en estos casos”.
Control de agrupaciones
Respecto al control de estas agrupaciones, Miranda comentó que las autoridades tienen filtros de inscripción, pues tienen el Código Civil les exige que presenten sus estatutos para saber si es que afectan derechos fundamentales. Además, dijo que existe una oficina del Ministerio de Justicia que se encarga de vigilar estas organizaciones.
“Si ellos no presentan su estatuto, su doctrina al Ministerio de Justicia para efectuar su aprobación de hecho que no van a pasar, entonces se quedan en la informalidad y esa informalidad predicada a determinadas personas que tienen una voluntad que pueda doblegarse, entonces entra ya ahí a tallar un peligro un riesgo en el cual los seguidores podrían pues someterse”.
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