Richard Concepción manifestó que el cuadernillo elaborado cumple de manera escrupulosa los requisitos y plazos, que exige el Tratado de Extradición suscrito entre Perú e Italia en el año 1994.
El juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, doctor Richard Concepción Carhuancho, descartó que la justicia peruana haya incurrido en errores de procedimiento en el trámite de la solicitud de extradición del procesado Brian Camps Gutiérrez, investigado por el presunto delito de narcotráfico en la modalidad de conspiración en agravio del Estado peruano.
A través de una nota de prensa, indicaro que el magistrado, quien en primera instancia declaró procedente la solicitud de extradición, manifestó que el cuadernillo elaborado cumple de manera escrupulosa los requisitos y plazos, que exige el Tratado de Extradición suscrito entre Perú e Italia en el año 1994.
Recordó que luego la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema también declaró procedente la referida solicitud, y después el Poder Ejecutivo aprobó el referido procedimiento de conformidad con la legislación peruana.
Refirió que el expediente sustenta que el procesado está plenamente identificado, que el delito que se le atribuye lo cometió en el Perú, que la acción penal que se le imputa no ha prescrito y que se cumple con el principio de la doble incriminación, es decir, que el hecho atribuido es considerado delito tanto en nuestro país como en Italia.
Indicó que el Tratado de Perú con Italia establece un periodo de 90 días de detención preventiva mientras se presenta la solicitud de extradición, y ese plazo recién concluye el 6 de noviembre. Precisó, sin embargo, que la Cancillería peruana, ya presentó el pedido ante sus pares de Italia el pasado 6 de octubre, mucho antes del plazo máximo.
El juez Concepción Carhuancho confirmó que recibió información de la Cancillería peruana, a través de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, por la cual se le comunica que la liberación de Brian Camps fue producto de un error de interpretación de la norma penal interna italiana del Tribunal de Apelaciones de Nápoles.
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