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Aportes a reglamento de ley laboral juvenil pueden hacerse vía e-mail

Andina
Andina

La dirección electrónica conoceleyjuvenil@trabajo.gob.pe estará a disposición durante los próximos 30 días.

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El Gobierno puso al servicio de la ciudadanía un correo electrónico a través del cual se puede enviar sugerencias, comentarios o recomendaciones para el reglamento de la ley laboral juvenil.

La dirección electrónica conoceleyjuvenil@trabajo.gob.pe estará a disposición durante los próximos 30 días, informó el ministro de Trabajo, Fredy Otárola.

Justamente, será el Ministerio de Trabajo el encargado de recopilar las opiniones de la sociedad civil durante dicho plazo, tiempo en el cual se evaluará y debatirá los aportes recibidos.

El Ejecutivo prepublicó ayer la propuesta de reglamento de la Ley del Régimen Laboral Juvenil, que establece las disposiciones para garantizar el cumplimiento, por parte de las empresas, de los beneficios y capacitación que otorga esta modalidad de contratación temporal para los jóvenes.

Asimismo fija que los jóvenes de entre 18 y 24 años que se acojan al régimen tienen garantizada su participación en la percepción anual de las utilidades que genera la empresa, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 892 y normas modificatorias y complementarias.

Respecto a la capacitación, la propuesta del reglamento establece que esta debe iniciarse a más tardar durante el primer semestre de contratación, a razón de una vez por cada año que es contratado el joven.

Además, se garantiza la calidad de los programas de capacitación, pues deben estar certificados por el Ministerio de Trabajo.

De igual manera, se protege a los trabajadores que ya cuentan con un contrato de trabajo formal. Para ello no se permitirá el cambio al régimen laboral especial juvenil en actividades cubiertas con contratos temporales en el que se mantengan las condiciones que sustentaron dicha contratación.

También se prohíbe la sustitución de trabajadores bajo otros regímenes por trabajadores con el régimen laboral especial juvenil, y deja en claro que no se puede despedir a un joven para volver a contratarlo bajo el régimen especial.

Adicionalmente, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) priorizará la atención de los casos de incumplimiento de las reglas del régimen laboral, para lo cual creará una unidad especializada.

ANDINA

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