Dos mil 236 electores hábiles decidirán en las ánforas, este 29 de noviembre, si el alcalde Marcos Herrera Tume debe o no dejar su cargo.
El visitado balneario, creado el 2006 mediante Ley 28707, eligió a sus autoridades en las elecciones del 2007, iniciando su periodo de gobierno recién el 2008.
Según información estadística de
La inclusión de este balneario en la consulta fue promovida por el ciudadano Javier Pingo Ramírez, quien, ejerciendo el derecho de control ciudadano, presentó la solicitud de revocatoria contra el alcalde Marcos Herrera Tume, la misma que cumplió con los requisitos de ley.
Esto significó que el promotor cumpliera con presentar las firmas válidas de no menos del 25 por ciento de electores de la jurisdicción, precisara el nombre de la autoridad cuyo mandato ha de ser consultado y fundamentara su pedido.
Para ello, el promotor argumentó incapacidad para la administración pública, no rendir cuentas, falta de acercamiento con el pueblo, incumplimiento de promesas electorales y el abandono de proyectos y obras.
Según el artículo 21 de
Fue la resolución Nº 440-2009-JNE, la que incluyó el distrito de Canoas de Punta Sal (Contralmirante Villar, Tumbes), entre el listado de circunscripciones donde se realizará
Para el caso específico del distrito tumbesino,
En total,
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