El Tribunal Constitucional declaró infundado el recurso presentado por el exjefe del Estado contra la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso que investigó el caso Ecoteva.
El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundado el hábeas corpus presentado por el expresidente Alejandro Toledo contra la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso que investiga el caso Ecoteva.
La demanda planteada por la defensa legal del líder de Perú Posible tenía por objeto que se declare la nulidad de la Moción de Orden del Día N.° 7009 que le otorga a la Comisión de Fiscalización facultades para investigar presuntas irregularidades en la adquisición de inmuebles por parte del expresidente de la República Alejandro Toledo Manrique y su esposa Eliane Karp.
En dicho recurso, Toledo Manrique sostenía que en el desarrollo de dicho procedimiento de investigación se han vulnerado los derechos fundamentales a la debida motivación y a la observancia de la razonabilidad en el uso de la causal de interés público para iniciar una investigación parlamentaria, entre otros.
Asimismo, el máximo órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad declaró también improcedente la demanda con respecto a Eliane Karp en relación con este proceso de investigación.
Como se sabe, en septiembre del año pasado el pleno del Congreso aprobó por unanimidad el informe final de la Comisión de Fiscalización sobre el caso Ecoteva que recomienda denunciar a Toledo Manrique por los delitos de lavado de activos y asociación ilícita para delinquir.
Ante ello, el Ministerio Público presentó la denuncia contra el expresidente por el citado supuesto delito respecto a las compras de inmuebles en Lima a nombre de su suegra Eva Fernenbug, a través de la empresa Ecoteva Consulting Group.
Finalmente, el Poder Judicial (PJ) ha informado que la Cuarta Sala Penal para Reos Libres dispuso que el titular del Juzgado Penal 16 de Lima, Abel Concha, sea quien finalmente resuelva la denuncia penal interpuesta por la Fiscalía contra Toledo Manrique.
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