El documento indica que se debe garantizar el distanciamiento social de al menos 1 metro entre el personal que interviene en cada una de las fases de la cadena alimentaria.
El Ejecutivo promulgó este domingo la Guía Técnica para los restaurantes y servicios afines con modalidad de servicio a domicilio (delivery) o la entrega de productos en el local. La norma se da en el marco del estado de emergencia para contener el avance de la COVID-19.
La Guía Técnica es de aplicación para todos los restaurantes y servicios afines a nivel nacional que brinden la modalidad de servicio a domicilio o para llevar.
La norma establece que los restaurantes y servicios afines son responsables del cumplimiento de las condiciones sanitarias de los alimentos que se preparan culinariamente: desde la adquisición de los insumos e ingredientes para la preparación del alimento hasta que éstos llegan al consumidor final.
El documento indica que se debe garantizar el distanciamiento social de al menos 1 metro entre el personal que interviene en cada una de las fases de la cadena alimentaria.
Sobre el reparto del alimento, la norma dice que el contenedor o caja debe “ser exclusivo para tal fin y estar limpio (sin polvo, tierra, insectos, restos de empaques, restos de alimentos, entre otros) y debe ser desinfectado antes de acondicionar el empaque que contiene el alimento”.
Por su lado, el repartidor “se lava y desinfecta las manos y procede a recoger el empaque conteniendo el alimento preparado culinariamente de la zona de despacho, verificando que esté correctamente cerrado, luego lo acondiciona en el contenedor o caja para transportarlo en un vehículo (motorizados, bicicletas, entre otros) o a pie”.
Tanto el encargado de envasar y empaquetar los alimentos como el repartidor, deben llevar protector buco nasal, tener cabello cubierto y las manos (con o sin guantes) limpias y desinfectadas, así como uñas cortas y limpias, sin heridas infectadas o abiertas.
Las empresas deben controlar que tanto el empaquetador y el repartidor tengan una temperatura corporal no superior a 37°C, según lo indicado por el Ministerio de Salud, y que no presente procesos respiratorios, tales como: tos, dolor de garganta, dolor de cabeza, entre otros.
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