El monto a favor de los deudos será resultado del total de lo recaudado por la reducción de ingresos a altos funcionarios y servidores públicos, dividido entre el número del personal de la salud fallecido durante la emergencia sanitaria.
El Poder Ejecutivo estableció este sábado las medidas para la entrega del apoyo económico solidario a favor de los deudos del personal de la salud fallecido a causa de la COVID-19 en el cumplimiento de sus funciones, recursos que provienen de la reducción de ingresos a altos funcionarios y servidores del Estado, dispuesto el 28 de mayo pasado.
Según el Decreto Supremo Nº 220-2020-EF, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) se encargará de verificar quiénes son los deudos que recibirán este subsidio mediante el acceso a las sucesiones intestadas que estos registren ante Sunarp.
Por su parte, el Ministerio de Salud, por medio de la Dirección General de Personal de la Salud, es el responsable de centralizar los listados del personal de la salud fallecido y de remitirlos al Minjusdh.
De acuerdo a la norma, se considerará a todo el personal de la salud -profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales- que brindó servicios de manera directa al Estado, bajo cualquier modalidad contractual, y que haya fallecido durante el estado de emergencia sanitaria, es decir, entre el 12 de marzo y el 7 de setiembre del 2020.
De esta manera se abarca a todo el personal de salud que prestó servicios en los establecimientos del Ministerio de Salud, Direcciones Regionales de Salud, Essalud, sanidades de las Fuerzas Armadas y Policiales, entre otros. Se excluye al personal de la salud que brindó servicios tercerizados en empresas privadas.
Por otro lado, el decreto señala que el monto a favor de los deudos será resultado del total de lo recaudado por la reducción de ingresos a altos funcionarios y servidores públicos, dividido entre el número del personal de la salud fallecido durante el periodo señalado. Al respecto, se estima que en octubre se podrá determinar el monto por fallecido e iniciar las entregas económicas.
El decreto supremo publicado lleva la firma del Presidente de la República y de las ministras de Economía y Finanzas, de Justicia y Derechos Humanos, y de Salud.
Andina
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