A nivel nacional, se realiza hoy la segunda etapa del proceso de elecciones internas solo para las organizaciones políticas que optaron por la modalidad de delegados
Desde las 7am. hasta las 5pm. del día de hoy, los delegados de 10 partidos políticos de alcance nacional y 77 movimientos regionales elegirán a sus candidatos a las elecciones municipales y regionales que se realizarán el próximo octubre.
Esta es la segunda etapa del proceso de elecciones internas que inició el pasado domingo, 15 de mayo. En esta jornada, solo las organizaciones que optaron por la modalidad indirecta para su elección de representantes hará efectivo su derecho al voto.
“Hay organizaciones políticas que optaron por esta opción, por ejemplo, movimientos regionales que tienen alcance solo regional. [Pueden] determinar que cada delegado va a ejercer un voto por cada provincia, que cada delegado va a ejercer un voto representando a cada distrito de la región”, refirió al respecto Alonso Encarnación, abogado del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para RPP Noticias.
RPP estuvo esta mañana en el colegio emblemático Alfonso Ugarte en San Isidro. Ahí se pudo constatar que desde las 6am. llegó personal del JNE quienes realizarán su labor fiscalizadora en los diferentes locales de votación a nivel nacional.
Asimismo, desde las 6:40am., se dispuso el ingreso de los miembros de mesa quienes son afiliados de las organizaciones políticas inscritas para estos comicios.
Controversias en candidatos
Tras conocer los resultados de la jornada del domingo pasado, se supo que hay casos en que los votos nulos o blancos superaron la cantidad de votos de candidatos únicos de algunas organizaciones políticas.
Al respecto, Encarnación señaló que “todavía no hay un pronunciamiento del JNE” sobre ello; pero que son los mismos partidos y movimientos regionales quienes deben “disponer una salida” teniendo en cuenta sus estatutos y reglamentos.
“Debemos recordar que cada organización política, de acuerdo a la ley de organizaciones políticas, se constituyen como personas jurídicas de derecho privado. Por tanto, se rigen por su estatuto y por su reglamento de carácter interno. Habría que revisar si es que los estatutos, reglamentos electorales u otro dispositivo de carácter interno, que alcance a cada uno de los afiliados, disponga cuál va a ser la salida en este tipo de situaciones”, explicó.
Asimismo, en los casos en que un delegado es a la vez candidato para representar a su partido político, el abogado del JNE, sostuvo que cada organización política debe “evaluar lo que establece su reglamento y estatuto” para esos casos.
“El JNE tiene una labor fiscalizadora en estas elecciones internas. Quien establece las funciones del JNE y de los otros organismos que conforman el sistema electoral […] es el Congreso, a través de la ley 31357 publicada en noviembre del año pasado. Dentro de las demás funciones que establece esta ley, solamente al JNE le corresponde la función fiscalizadora, la de establecer un cronograma y la de resolver controversias jurídicas en determinados casos”, explicó.
También señaló que, en la etapa de presentar tachas, “cada ciudadano a nivel nacional puede cuestionar el tema de las elecciones internas ante el Jurado Electoral Especial” del JNE.
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