La ordenanza fue publicada este jueves en el diario oficial El Peruano y busca estimular la vacunación entre la población. Tendrá vigencia mientras dure la emergencia sanitaria por la pandemia de la COVID-19.
El gobierno regional de Ica pomulgó este jueves la ordenanza que dispone la exigencia de un carnet de vacunación contra la COVID-19, con las dos dosis requeridas, para el ingreso a "eventos de concurrencia masiva en establecimientos públicos y privados en la región".
La ordenanza publicada en el diario oficial El Peruano señala que se trata de una medida excepcional que busca estimular la vacunación entre la población y tendrá vigencia mientras dure la emergencia sanitaria por la pandemia en el país.
"Se encuentran sujetos al ámbito de aplicación de la presente Ordenanza Regional, las personas naturales, sobre cuyas edades el Estado Peruano les ha brindado la oportunidad de vacunarse gratuitamente [...] del mismo modo, las personas jurídicas que administran establecimientos públicos y privados de concurrencia masiva", precisa la ordenanza.
El documento establece que los administradores de locales públicos y privados "deberán exigir la presentación en original o digitalizado del Carnet de Vacunación" y solo quedan exonerados de la acreditación "las personas naturales cuyas edades se encuentran pendientes de vacunación".
¿En qué establecimientos se exigirá el carnet?
Los establecimientos en los cuales se exigirá el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional respecto al Carnet de Vacunación son los siguientes:
- Casinos y tragamonedas
- Restaurantes
- Estadios
- Cines
- Bares
- Discotecas
- Gimnasios
- Las demás que determine la autoridad sanitaria en coordinación con los gobiernos locales.
Aforo en locales
La ordenanza autoriza a los propietarios o administradores de los locales privados a "permitir el acceso del aforo sin restricciones para aquellas personas que acrediten estar vacunadas" con las dos dosis.
Además, indica que si un cliente insiste en ingresar al establecimiento pese a no tener el carnet y resistirse a las invitaciones a vacunarse, se le entregará un formulario en el que exime de cualquier responsabilidad "por consecuencias de infección y/o transmisión que se pudiera generar".
"Consecuentemente será de su exclusiva responsabilidad por dicha conducta, siendo pasible de la responsabilidad administrativa, civil o penal que corresponda", precisa la ordenanza.
El gobierno regional exhorta a los autoridades locales de la región emitir la ordenanza para su cumplimiento en los municipios.
Además, establece que la entrada en vigencia de la ordenanza dara inicio a "un periodo de campañas de educación, información y concientización respecto de la necesidad de acudir a los vacunatorios habilitados" contra la COVID-19 y "las consecuencias que involucra el inclumplimiento" de la nueva disposición regional.
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