RPP Noticias te explica cómo es que procede un recurso de Hábeas Corpus, quién lo solicita y a quiénes se lo impiden.
Hábeas corpus, es una expresión latina que significa “traedme el cuerpo” y viene de una figura legal que ya se establecía en la época de Solón, que no era un solitario empedernido como se puede pensar sino un gran legislador griego que vivió seis siglos antes que naciera.
Según el artículo 200° inciso 1) de la Constitución Política del Perú, esta procede "ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos”.
1. Definición. El Hábeas Corpus tiene como finalidad proteger el derecho a la vida y a la libertad individual. Los ciudadanos pueden presentar un Hábeas Corpus en defensa de sus garantías constitucionales y proteger sus derechos.
2. Finalidad. Evita las detenciones arbitrarias, obligando al acusado a presentarlo ante un juez para que determine la procedencia o no del pedido.
3. ¿Urgente? Es de carácter urgente por lo que exige al juez darle preferencia, la acción se puede presentar, incluso, de manera verbal ante el magistrado.
4. Feriados. No admite pedido de cambio, ni de inhibiciones de los jueces encargados de su conocimiento. Se resuelven incluso en días no hábiles, es decir, feriados.
5. Improcedencia. No proceden cuando existe un proceso judicial iniciado, el solicitantes es prófugo de la justicia, desertor de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional.
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